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Listado de la etiqueta: ASEA

¿Qué responsabilidad adquieren los nuevos operadores de hidrocarburos?

en Contratistas petroleros, Medio Ambiente, Nuestra especialidad, Petróleo y Gas, Sector Hidrocarburos, Seguros Obligatorios

La Reforma Energética aprobada por el Senado de la República el 11 de diciembre de 2013 se traduce en una profunda transformación para la industria petrolera mexicana.

La riqueza potencial que México tiene en campos de aguas profundas y lutitas se estima en más de 87 mil millones de barriles de petróleo crudo equivalente, lo que representa el 75% de los recursos prospectivos con los que cuenta el país, el próximo 12 de mayo es la fecha efectiva de firma de contrato de los nuevos operadores y arranca la etapa de transición en la que Pemex les entrega los campos a los ganadores de la Ronda 1.

A partir de la firma del contrato los nuevos operadores adquieren una serie de responsabilidades, que han sido delineadas en las disposiciones administrativas publicadas por el organismo regulador de la seguridad industrial en materia de hidrocarburos (ASEA), que estableció como obligación la adquisición de seguros con requerimientos mínimos en materia de Responsabilidad Civil, responsabilidad por daños ambientales y en su caso de control de pozos para todos los operadores que lleven a cabo obras o actividades de:

  • Exploración y extracción de hidrocarburos.
  • Tratamiento y refinación de petróleo.
  • Procesamiento de gas natural.

En estos lineamientos no eximen a los  operadores de la obligación de dar cumplimiento a las prácticas internacionales de la administración de riesgos, que entre otras cosas, tienen el principio rector en materia ambiental de “Quién Contamine Paga”

La contratación de seguros resulta a largo plazo una protección ante los riesgos que representan la operación de campos petroleros, se estima que anualmente se vierten al mar entre 3 y 4 millones de toneladas de petróleo, de las cuales el 88 % provienen de las operaciones rutinarias.

En NRGI Broker contamos con un equipo de expertos en la industria de seguros, que tiene probada experiencia a lo largo de 27 años atendiendo a las empresas privadas líderes en la industria de hidrocarburos, quienes con mucho gusto le brindaremos soluciones integrales, con productos diseñados para su empresa y que cumplan todos los requisitos que estableció la nueva normatividad.

 

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Fuentes: Presidencia, bioetica, Diputados

 

https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/04/shutterstock_377411-e1459804600473.jpg 136 200 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:30:392026-05-11 19:30:39¿Qué responsabilidad adquieren los nuevos operadores de hidrocarburos?

¿Qué es un estudio de PML y para qué sirve?

en Contratistas petroleros, Fianzas y garantías, Medio Ambiente, Nuestra especialidad, Petróleo y Gas, Sector Hidrocarburos, Seguros

La Pérdida Máxima Probable (PML, por sus siglas en inglés), es el valor máximo sujeto a destrucción bajo un riesgo determinado. El valor del PML busca estimar el valor de la cartera asegurada que será reclamada en caso de siniestro.
El ejercicio de PML en estricta teoría es el cálculo de las consecuencias financieras del peor escenario que pueda enfrentar una póliza, existen 2 montos de suma importancia. Cuánto pueden costar las consecuencias del evento más grave que una empresa petrolera pueda enfrentar al dañar:

  1. A terceros ajenos a la operación propia del proyecto en sus personas y bienes.
  2. Al medio ambiente, entendiendo éste como tierra, agua, aire y especies vegetales y animales y microorganismos.

 

¿Cómo funciona un PML?

Básicamente tiene 2 grandes componentes, por un lado elementos positivos que disminuyen la probabilidad y magnitud de un accidente, por el otro, elementos negativos que aumentan dichas probabilidades y consecuencias.

¿Qué se consideran escenarios catastróficos?

  • Grandes derrames.
  • Fugas tóxicas.
  • Incendios
  • Explosiones.
  • Daños consecuencia de eventos geo hidrometeorológicos.
  • Inadecuados manejos de residuos peligrosos, entre otros.

 

¿Qué se consideran afectaciones importantes a terceros?

Por mencionar algunas podemos citar las siguientes.

  • Causar la muerte.
  • Heridas o daños a la salud de personas.
  • Afectaciones directamente correlacionadas con las operaciones del proyecto a bienes agrícolas, animales (piscicultura, ganadería, Avicultura, etc.) o bienes de terceros.

 

¿Cómo se puede estimar la probabilidad y severidad de uno de estos eventos?

A groso modo por medio de la definición clara, veraz y sistemática de los siguientes aspectos:

  • Características del proyecto
  • Especificaciones técnicas
  • Estado físico de los equipos
  • Medidas de protección
  • Estado físico del medio ambiente impactado por el proyecto

 

Escenarios que pueden causar daños

  • Probabilidad de ocurrencia
  • Severidad
  • En terceros
  • En el medio ambiente

 

En NRGI Broker sabemos lo importante que es estar bien asesorado y conocer las coberturas de seguros disponibles en el mercado actual, además de tener un profundo conocimiento de la actividad y comprender las exigencias regulatorias gubernamentales. Por tal razón, ofrecemos soluciones integrales para usted y para su negocio, somos su aliado estratégico para la protección de su patrimonio. Contamos con un plan personalizado de acuerdo a sus necesidades.

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https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/05/shutterstock_901374491-e1462206118776.jpg 150 200 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:30:362026-05-11 19:30:36¿Qué es un estudio de PML y para qué sirve?

¿Qué es la Línea Base Ambiental?

en Contratistas petroleros, Medio Ambiente, Nuestra especialidad, Petróleo y Gas, Sector Hidrocarburos

La Línea Base Ambiental es un documento donde se describe la situación actual del ambiente donde se va a desarrollar el proyecto en sus componentes abiótico, biótico y socioeconómico y cultural. Su objetivo es identificar daños ambientales y daños preexistentes.
Esta descripción, inicia con la recolección de información primaria y secundaria y su respectivo análisis. Exige un arduo trabajo de campo que valide la literatura y también incluye el muestreo de diferentes elementos que deben ser realizados por empresas acreditadas que garanticen los protocolos de muestreo y los resultados obtenidos.
La correcta elaboración de la LBA es muy importante, pues permitirá deslindar las responsabilidades del contratista, el cual sólo podrá excusarse de los daños ambientales y daños preexistentes que hayan sido reportados en la LBA; el Estado, por su parte, vigilará que el contratista o asignatario que estuviera a cargo del Área Contractual con anterioridad a la Fecha Efectiva asuma la responsabilidad y los gastos relacionados con la restauración y compensación de los Daños Ambientales y la caracterización y remediación de los Daños Preexistentes.
En este sentido, y a fin de orientar a los contratistas respecto a la elaboración de la LBA, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) publicó “La Guía para definir la Línea Base Ambiental previo al inicio de las Actividades Petroleras Terrestres”, en la cual se establecen los requisitos para su elaboración.
Entre los requisitos se encuentran:

  1. El desarrollo de un apartado que describa las condiciones en las que se encuentra el área contractual, respecto a las variables ambientales, para lo cual se deberá identificar: infraestructura existente y los elementos del medio físico, biótico, socioeconómico y cultural, así como los diferentes usos de suelo y agua; analizar el contexto local y regional; la geología y geomorfología del sitio; el clima y meteorología; áreas sociales sensibles; patrimonio arqueológico, entre otros;
  2. Para la determinación de los daños preexistentes se deberá realizar una investigación histórica, con la finalidad de identificar sitios potencialmente contaminados; posteriormente, a través de un plan de muestreo se deberá proporcionar la estimación objetiva y confiable del área y volumen potencialmente contaminado; por último, se llevará a cabo la evaluación de resultados;
  3. Para el registro de daños ambientales, se deberá implementar un proceso metodológico que determine los componentes y factores que resultaron en una afectación por actividades realizadas en el pasado y se valorará la magnitud del daño en términos de magnitud e incidencia de la alteración.

 

Con base en lo anterior, el contratista presentará ante la ASEA un Informe detallado, el cual deberá ser realizado por un tercero, avalado por la misma ASEA, que demuestre experiencia comprobable y/o certificada en la realización de actividades relacionadas con la determinación de daños preexistentes y valoración de daños ambientales.

En NRGI BROKER sabemos que la correcta elaboración de la LBA es fundamental por su impacto en el ámbito de la responsabilidad ambiental y como soporte para un adecuado programa de seguros; por eso, nos encargamos de ofrecer a nuestros clientes las mejores opciones en seguros de responsabilidad civil que ampare daños a terceros en sus bienes o al personal, sin descuidar los daños al ambiente por contaminación de hidrocarburos, así como seguros de control de pozos acordes a los términos de la legislación aplicable.

https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/06/shutterstock_582147371-e1465237872706.jpg 267 400 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:30:312026-05-11 19:30:31¿Qué es la Línea Base Ambiental?

La legislación ambiental aplicable al sector hidrocarburos

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La legislación ambiental, aplicable al sector hidrocarburos, es amplia y compleja, pues se inscribe en distintos ámbitos:

  • Administrativo
  • Civil
  • Financiero
  • Penal
  • Judicial

 

La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) es la Ley Reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección ambiente, sin embargo existen otras leyes y reglamentos que regulan materias específicas como son:

  • Residuos
  • Calidad del aire
  • Vida silvestre
  • Desarrollo forestal
  • Responsabilidad ambiental, etc.

 

La empresas relacionadas al sector de hidrocarburos, deben conocer, otras normas que no son ambientales propiamente, pero que pueden afectar su funcionamiento, como son la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el Código Civil, el Código Penal, por citar solo algunas.

Otro factor a considerar es la Reforma Energética, que vino a modificar el diseño legal e institucional en materia ambiental, como producto de la cual se creó la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Ambiente (ASEA), cuyo objetivo es la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos, y en función de ello, tiene a su cargo la regulación y supervisión de la seguridad industrial operativa, control integral de residuos y actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones.

De lo anterior, se desprende que los regulados tienen ante sí una serie de disposiciones legales que deben conocer de manera integral para revisar su cumplimiento y de esta manera evitar problemas mayores.

Con base en esta necesidad, en NRGI BROKER no sólo estamos comprometidos a ofrecer la mejor opción para la transferencia de riesgos a través de seguros y fianzas, sino que le brindamos asesoría legal especializada para el cumplimiento de la normatividad ambiental en el desarrollo de sus actividades

https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/06/shutterstock_629154731-e1465849019990.jpg 266 400 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:30:302026-05-11 19:30:30La legislación ambiental aplicable al sector hidrocarburos

La legislación ambiental aplicable al sector hidrocarburos

en Contratistas petroleros, Nuestra especialidad, Petróleo y Gas, Sector Hidrocarburos

La legislación aplicable al sector hidrocarburos, es amplia y compleja, pues se inscribe en distintos ámbitos: administrativo, civil, financiero, penal, judicial, entre otros.

En materia ambiental, aquellos que realizan actividades del Sector de Hidrocarburos deben cumplir con las disposiciones de la LGEEPA además de otras leyes y reglamentos que regulan materias específicas: residuos, calidad del aire, vida silvestre, desarrollo forestal, etc.

El regulado debe conocer otras normas que no son ambientales propiamente, pero que están relacionadas, tales como la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el Código Civil, el Código Penal, por citar solo algunas.

Otro factor a considerar es la Reforma Energética, que vino a modificar el diseño legal e institucional en materia ambiental. Como producto de la misma, se creó la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Ambiente (ASEA), cuyo objetivo es la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos, y en función de ello, tiene a su cargo la regulación y supervisión de la seguridad industrial operativa, control integral de residuos y actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones.

En este contexto se modificaron y crearon diversas leyes como la Ley de Hidrocarburos, La Ley de Organos Reguladores del Sector Energético, etc.

De lo anterior, se desprende que los regulados tienen ante sí una serie de disposiciones legales que deben conocer de manera integral para evitar su incumplimiento.

Con base en esta necesidad, en NRGI BROKER no sólo estamos comprometidos a ofrecer la mejor opción para la transferencia de riesgos a través de seguros y fianzas, sino que le brindamos asesoría legal especializada para el cumplimiento de la normatividad ambiental en el desarrollo de sus actividades

https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/07/shutterstock_1379112471-e1468880466940.jpg 267 400 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:30:262026-05-11 19:30:26La legislación ambiental aplicable al sector hidrocarburos

Trámites ambientales relacionados con el Sector Hidrocarburos

en Nuestra especialidad

Uno de los aspectos más importantes de la Reforma Energética fue la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección Ambiental del Sector Hidrocarburos (ASEA), como un órgano altamente especializado, al cual le fueron transferidas las atribuciones que anteriormente eran parte de otras instituciones, como el caso de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

En este sentido, actualmente la ASEA es la autoridad competente para la gestión de trámites relacionados con el Sector de Hidrocarburos y Petrolíferos. Entre los trámites ambientales más importantes que los regulados deben presentar a la ASEA, se encuentran los siguientes:

  • Quienes lleven a cabo la construcción y operación de ductos para el transporte y distribución de hidrocarburos, o bien, la construcción y operación de instalaciones para el procesamiento, comprensión, licuefacción, descompresión y regasificación, así como de instalaciones para el transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas natural deberán presentar una Manifestación de Impacto Ambiental, que se trata de un estudio en el que el regulado propone medidas protección al medio ambiente y preservación de los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo los efectos que sus actividades puedan generar en el ambiente.

  • Quienes realizan actividades relacionadas con el Sector Hidrocarburos y Petrolíferos, consideradas altamente riesgosas, deben presentar un Estudio de Riesgo Ambiental en el que se expongan cuáles son los riesgos que podrían presentarse a las instalaciones, a terceros y al medio ambiente derivado de las actividades que realizan.

  • Quienes realicen actividades relacionadas con el Sector Hidrocarburos y Petrolíferos y generen residuos peligrosos, deberán contratar los servicios de una empresa autorizada para el manejo de residuos peligrosos.

En los casos antes mencionados, como uno de los requisitos, la SEMARNAT preveía la presentación de un seguro para garantizar la reparación de los daños al medio ambiente.

Ahora es la ASEA quien tiene esa atribución, de conformidad con su Reglamento Interior, por lo que los regulados habrán de someterse a las disposiciones que para el efecto se emitan.

En NRGI BROKER somos expertos en seguros de responsabilidad civil y responsabilidad ambiental para el Sector Hidrocarburos.

Comuníquese con nosotros, estamos para ayudarle:
[email protected]
(55) 9177.2100

https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/08/shutterstock_1955457111-e1471293369355.jpg 265 400 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:29:152026-05-11 19:29:15Trámites ambientales relacionados con el Sector Hidrocarburos

Reportan a Profepa incidentes de Hidrocarburos, pero le competen a ASEA

en

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) recibió durante el 2016, el reporte de mil 961 emergencias ambientales asociadas con sustancias químicas, de las cuales apenas 139 de los casos correspondieron a su estricta competencia y atribución legal.

Del total de emergencias,  mil 822 llamados se trataron de eventos relacionados directamente con el sector hidrocarburos, cuyo seguimiento y atención corres a cargo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).

De acuerdo al Centro de Orientación para la Atención de Emergencias Ambientales (COATEA) de la PROFEPA, alrededor del 86% de dichos incidentes correspondieron a derrames por tomas clandestinas ocurridos durante el transporte de las sustancias químicas por ductos.

De las 139 emergencias competencia de la PROFEPA, aproximadamente el 97% fueron terrestres, mientras que el restante 3% fueron marítimas. Con base en el tipo de evento, alrededor del 39% fueron derrames, seguidos de fugas e incendios, con aproximadamente el 22% cada uno, explosiones (15%) y otros (0.6%).

Por su ubicación, estas ocurrieron casi en un igual porcentaje (alrededor del 33%), en plantas, en transporte y en otras instalaciones no industriales. De las ocurridas en transporte, aproximadamente el 71% se presentaron en las carreteras del país, seguidas por las ocurridas en ductos (alrededor del 12%), las marítimas (8%), las ferroviarias (1.1%) y en otro tipo de transporte (0.2%)

De las emergencias atendidas por la PROFEPA durante 2016, alrededor del 44% presentaron afectaciones al suelo. De estas, en el momento del reporte de la emergencia, en el 47%, fue posible determinar el área de suelo afectada siendo esta aproximadamente de 1.35 ha.

 

Copyright: Oil and Gas Magazine

https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/07/shutterstock_6073851-e1469478930833.jpg 267 400 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:29:122026-05-11 19:48:48Reportan a Profepa incidentes de Hidrocarburos, pero le competen a ASEA

El régimen de responsabilidad objetiva en las actividades de Exploración y Extracción de hidrocarburos

en Contratistas petroleros, Medio Ambiente, Nuestra especialidad, Petróleo y Gas, Sector Hidrocarburos, Seguros

El 07 de diciembre de 2016, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos (DACGS E&E), que emitió la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección Ambiental del Sector Hidrocarburos (ASEA).

 

Uno de los aspectos más importantes que establecen las DACGS E&E en materia de protección ambiental es que quienes realicen obras o actividades para la exploración y extracción de hidrocarburos están sujetos a un régimen de responsabilidad objetiva, es decir, operan bajo el supuesto de que están creando un riesgo a las personas y al medio ambiente y, por lo tanto, en caso de causar daños deberán llevar a cabo su reparación, sin que ello esté condicionado a demostrar su culpa.

 

Derivado de lo anterior, la ASEA impone a los operadores la obligación de realizar todas las acciones que sean necesarias para evitar y prevenir daños ambientales derivados de los riesgos creados, para lo cual deberán contenerlos, caracterizarlos y remediarlos con oportunidad bajo sus propios procesos y de acuerdo a la legislación y normatividad aplicable.

 

En este sentido, las DACGS E&E establecen que las actividades de Exploración y Extracción deberán realizarse bajo ciertos principios, como son:

  1. Minimizar los riesgos a un nivel que sea Tan Bajo Como Sea Razonablemente Posible, esto es, hasta un nivel en el que se demuestre que el costo de continuar reduciendo ese riesgo es mayor en comparación con el beneficio económico que se obtendría. Lo anterior permite que exista un equilibrio razonable entre la actividad económica y la protección de terceros y medio ambiente.
  2. Revisar periódicamente las medidas de reducción de riesgos, a fin de actualizarlas con base en el desarrollo tecnológico y conocimiento especializado.
  3. Implementar medidas de emergencia y fomentar una cultura de la protección de personas, el medio ambiente y las instalaciones.

 

Los principios mencionados tienen como objetivo evitar la ocurrencia de accidentes, por lo que deben complementarse con medidas que tengan como objeto la reparación y/o compensación de los daños ocasionados ante la ocurrencia de accidentes.

 

Una de las medidas más efectivas para lograrlo es contar con instrumentos financieros que permitan afrontar las consecuencias de la materialización de los riesgos, como son los seguros.En NRGI Broker somos expertos en Seguros para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos. Acércate a nosotros.

 

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https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/08/shutterstock_301020971-e1472503676620.jpg 267 400 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:29:092026-05-11 19:29:09El régimen de responsabilidad objetiva en las actividades de Exploración y Extracción de hidrocarburos

El descontrol de pozos en el mar

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Uno de los siniestros de mayor importancia que ha experimentado la industria petrolera de nuestro país tuvo lugar en el mar. Se trata del incendio y explosión del Pozo Ixtoc I, de Petróleos Mexicanos, el cual se descontroló mientras se llevaban a cabo los trabajos de perforación en el suroeste del Golfo de México, en la sonda de Campeche en 1979. El evento provocó que el petróleo, cuyo derrame se calculó en 3.4 millones de barriles, llegara hasta las costas de Campeche, Tabasco, Veracruz y Tamaulipas e incluso a algunas zonas de Texas, lo que significó una controversia jurídica con nuestro vecino del norte. Los daños ocasionados fueron principalmente al medio ambiente, a la actividad pesquera y al turismo.

 

Si bien, se trata de uno de los peores accidentes experimentados en actividades petroleras, es tan sólo un ejemplo de la magnitud que pueden alcanzar estos eventos.

 

En el ámbito internacional, el suceso más reciente y de consecuencias catastróficas fue el descontrol del Pozo Macondo en las costas de Luisiana, cuya perforación se realizaba en aguas ultraprofundas. El 20 de abril de 2010, un escape de gas provocó la explosión e incendio de la plataforma semi-sumergible Deepwater Horizon. Más de 4 millones de barriles de petróleo fueron derramados, lo que provocó una superficie contaminada de entre 86,500 y 180,000 kilómetros cuadrados; fallecieron 11 personas y otras más resultaron heridas. Tan sólo los pagos erogados por la empresa British Petroleum (BP) ascienden, de acuerdo con las cifras de la misma empresa, a USD 61 billones, por concepto de los costos relacionados con el derrame, limpieza, reclamaciones económicas y pagos al gobierno[1].

 

El descontrol de pozos de perforación se encuentra dentro de los siniestros considerados de baja frecuencia y alta severidad. Es decir, no se presentan en intervalos cortos de tiempo, pero cuando suceden, los daños y perjuicios que ocasionan son de grandes proporciones y, en consecuencia, su reparación y/o indemnización implica altos costos económicos.

 

En ejercicio de sus atribuciones para emitir la regulación aplicable a los operadores en la industria del petróleo y gas, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección Ambiental del Sector Hidrocarburos (ASEA) estableció los montos mínimos de seguro, que deben contratar quienes realizan las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

 

Específicamente, para las actividades en el mar, se establecieron los siguientes montos de aseguramiento para control de pozos:

  • Pozos en aguas someras (A menos de 500 metros)- 400% – Inversiones de Perforación Autorizadas (4 X AFE[2]), por evento y en el agregado anual.
  • Pozos en aguas profundas o ultraprofundas (A más de 500 metros) – 600% – Inversiones de Perforación Autorizadas (6 X AFE), por evento y en el agregado anual.

 

En NRGI Broker, somos expertos en Seguros de Control de Pozos. Acércate a nosotros.

 

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[1] Gulf of Mexico restoration, disponible en: http://www.bp.com/en_us/bp-us/commitment-to-the-gulf-of-mexico/gulf-mexico-restoration.html

[2] Authorization For Expenditure (por sus siglas en inglés): Presupuesto que detalla los costos de perforación de un pozo que correspondan a la subactividad petrolera de Perforación de Pozos y que sea incluido en el Programa de Trabajo y el Presupuesto que sean presentados y, en su caso, emitidos por la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH).

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Regulación obligatoria para exploración y extracción en aguas profundas

en Contratistas petroleros, Marítimo, Medio Ambiente, Nuestra especialidad, Petróleo y Gas, Rondas de Licitación, Sector Hidrocarburos, Seguros Obligatorios

El 5 de diciembre de 2016, se dieron a conocer los ganadores de la cuarta licitación de la Ronda 1 (Ronda 1.4), para realizar actividades de exploración y extracción en aguas profundas, entre los que se encuentran grandes empresas como China Offshore Corporation y el consorcio conformado por Statoil, BP Exploration y Total. La exploración y explotación del campo Trión la realizará Pemex en asociación con la empresa australiana BHP Billiton.

 

Para regular dichas actividades, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), emitió las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen los Lineamientos en Materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente para realizar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos (DACGS E&E).

 

La exploración y extracción que se lleva a cabo en aguas profundas es aquella que se realiza en áreas geográficas ubicadas costa afuera cuyos tirantes de agua son iguales o superiores a 500 metros y menos de 1500 metros, por lo que se trata de actividades de gran complejidad técnica y sujetas a diversos riesgos.

 

En este sentido, el conjunto de normas establecidas en las DACGS E&E están enfocadas en el establecimiento de estándares y parámetros de alcance internacional en materia de seguridad industrial y protección ambiental, con la finalidad de reducir riesgos, proteger la vida, el medio ambiente y las instalaciones.

 

Para ello, los operadores de aguas profundas están obligados a realizar la identificación de peligros y análisis de riesgos, de acuerdo a las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen los Lineamientos para la Conformación, Implementación y Autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de Protección al Medio Ambiente aplicables al Sector Hidrocarburos (DACGS-SASISOPA).

 

Algunas actividades deberán ser realizadas por terceros autorizados, como es el análisis de riesgo de la etapa de ingeniería de detalle que incluya los riesgos del proyecto y los generados por las actividades que realizan los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicio y proveedores del operador (artículo 55 de las DACGS E&E). Los terceros que deseen ser autorizados por la ASEA deberán sujetarse a lo establecido en las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen los Lineamientos para la autorización, aprobación y evaluación del desempeño de terceros en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (DACGS- Terceros).

 

Otra de las regulaciones que es aplicable a los operadores de la Ronda 1.4, son las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen el requerimiento mínimo de seguros a los regulados que lleven a cabo obras o actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, tratamiento y refinación de petróleo y procesamiento de gas natural, donde se establece las coberturas de seguros y montos con los que deben contar para responder por los daños que lleguen a causar con sus actividades.

 

En NRGI Broker somos expertos en Seguros para la Exploración y Explotación de hidrocarburos costa afuera, así como en la regulación y normatividad aplicable. Acércate a nosotros.

 

https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2016/06/shutterstock_2543127611-e1467061975729.jpg 267 400 admin https://nrgibroker.com/wp-content/uploads/2025/12/logo-nrgi.svg admin2026-05-11 19:29:062026-05-11 19:29:06Regulación obligatoria para exploración y extracción en aguas profundas
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