El petróleo es un líquido formado por una mezcla de hidrocarburos. En las refinerías se separan del petróleo distintos componentes como gasolina, gasoil, fueloil y asfaltos, que son usados como combustibles.

La responsabilidad civil de las embarcaciones

Las embarcaciones son utilizadas para toda clase de actividades, que van desde las más complejas y especializadas hasta las de servicios rutinarios. Todas, sin excepción, pueden causar daños a terceros.

 

La Ley de Navegación y Comercio Marítimos (LNCM) define a las embarcaciones como toda construcción diseñada para navegar sobre o bajo vías navegables. Una de las formas que utiliza para clasificarlas es por el servicio que prestan:

  • Pasajeros
  • Carga
  • Pesca
  • Recreo y deportivas
  • Dragado de vías navegables
  • De extraordinaria especialización, como son las utilizadas para exploración, perforación de pozos, tendido de ductos, protección ambiental y salvamento.

 

Todas están expuestas a causar daños o perjuicios a terceros:

  • A la tripulación
  • Pasajeros
  • Otras embarcaciones
  • Instalaciones fijas o flotantes o
  • Al medio ambiente.

 

De acuerdo con el artículo 182 de la LNCM, los principales riesgos a los que están expuestas las embarcaciones y, por tanto, susceptibles de causar daños son:

  • El abordaje de embarcaciones de cualquier tipo
  • Las arribadas forzosas o imprevistas
  • Naufragio, incendio, varadura y encallamientos
  • La avería común
  • El acto u omisión que genere contaminación marina
  • El cambio obligado de ruta o puerto de destino, ocasionado por caso fortuito o fuerza mayor

 

Estos accidentes o incidentes, pueden causar daños a terceros en sus bienes y personas. Por ello, es muy importante que cuenten con un Seguro de Responsabilidad Civil, conocido como Protección e Indemnización (P&I), que les permita reparar o indemnizar los daños causados por ser propietarios de la embarcación o por las actividades que realizan.

 

En NRGI Broker, somos expertos en seguros de Protección e Indemnización. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

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El riesgo en las terminales de almacenamiento

De conformidad con el artículo 4 fracción II de la Ley de Hidrocarburos, el almacenamiento es la actividad que consiste en depositar o resguardar hidrocarburos y petrolíferos en espacios destinados para ello, que pueden ubicarse en la superficie, el mar o el subsuelo. Las instalaciones que se utilizan para tal efecto pueden ser de varios tipos: terminales, tanques subterráneos y tanques submarinos. Incluso, los buques-tanque o los llamados “supercargueros” han sido recientemente utilizados para almacenar petróleo en el mar[1].

 

Se trata de una actividad muy importante en la cadena de valor de los hidrocarburos y petrolíferos, ya que es un eslabón entre la producción y el transporte; sirve de depósito en caso de sobre-oferta y además son los espacios de resguardo en los centros dedicados a la venta al público.

 

Como se puede ver, el almacenamiento sirve a distintos fines y por ello la infraestructura utilizada es de diversos tipos y capacidades.

 

Las terminales de almacenamiento se distinguen por servir de resguardo para grandes cantidades de hidrocarburos y petrolíferos; pero al ser depósitos de amplias dimensiones, se encuentran expuestas a diversos riesgos tales como incendio, explosión, fuga, derrames, entre otros, que de materializarse pueden presentar graves consecuencias para personas, bienes y medio ambiente.

 

Uno de los medios más efectivos para que las empresas puedan estar respaldadas frente a los riesgos a los que están expuestas es contar con un Programa Integral de Seguros, con las coberturas adecuadas y los montos suficientes, de acuerdo a sus características.

 

En general, un Programa Integral de Seguros para una terminal de almacenamiento, deberá contar con los siguientes seguros:

  • Construcción y montaje (en caso de estar en la etapa de construcción).
  • Daños materiales.
  • Equipo Electrónico.
  • Responsabilidad Civil.
  • Responsabilidad Ambiental.
  • Pérdidas Consecuenciales.

 

En NRGI Broker, somos expertos en seguros para Terminales de Almacenamiento de Hidrocarburos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

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[1] http://www.notimerica.com/economia/noticia-exclusiva-sobreabundancia-crudo-lleva-operadores-buscar-supercargueros-almacenar-mar-20150108190131.html

SASISOPA

El 13 de mayo de 2016, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la conformación, implementación y autorización del Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección Ambiental (SASISOPA).

 

El SASISOPA es un conjunto de elementos interrelacionados y documentados cuyo propósito es prevenir, controlar y mitigar una instalación o un conjunto de ellas en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección ambiental.

 

Su objetivo primordial es mitigar el riesgo inherente a las instalaciones y actividades del sector hidrocarburos, a fin de evitar accidentes y con ello garantizar la seguridad de las personas, los bienes y el medio ambiente.

 

Tomando en consideración que las empresas no empiezan de cero en la conformación del sistema de administración, se estableció la obligación de elaborar un Documento Puente, en el que conste el estudio de correspondencia de los elementos del sistema de administración de cada empresa con los establecidos en el artículo 13 de la Ley de la ASEA, para estar en posibilidad de conformar, implementar y obtener la autorización del SASISOPA.

 

Lo anterior, permite retomar las medidas previas y complementarlas con las políticas establecidas por la ASEA, para lograr la uniformidad en el sector.

 

Uno de los aspectos más importantes para la conformación del SASISOPA es la identificación de peligros y análisis de riesgos, para definir las medidas de prevención, control y mitigación, así como la valuación de incidentes, accidentes y pérdidas esperadas en los distintos escenarios de riesgo, en función de las consecuencias que esos riesgos representan en la población, medio ambiente, instalaciones y edificaciones comprendidas en el perímetro de las instalaciones industriales y en las inmediaciones.

 

La identificación de riesgos y la valuación de incidentes y accidentes son componentes fundamentales para tomar medidas preventivas y determinar cuáles serán los mecanismos correctivos en caso de que se llegara a materializar el riesgo.

 

En este punto, la contratación de los seguros es indispensable, pues una vez identificado y valuado el riesgo, se podrán contratar los seguros adecuados y suficientes para transferir el riesgo y con ello evitar que la empresa pueda ver afectadas sus finanzas por la reparación de los daños ocasionados por un siniestro.

 

En NRGI Broker, somos expertos en seguros para el sector hidrocarburos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

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Obligaciones de los armadores de embarcaciones en materia de seguros, cuando se desempeñan como contratistas y proveedores del sector de hidrocarburos

Las Disposiciones Administrativas en materia de seguros para las actividades de Exploración y Extracción (DACGS), publicadas el 23 de junio de 2016, dedican su artículo 29 a establecer los montos mínimos de aseguramiento de las embarcaciones que sean utilizadas en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

 

Los montos van desde los USD 1´000,000,000.00 (Mil millones de dólares) para los FPSO (Floating, Production, Storage and Offloading) o FSO (Floating, Storage and Offloading); USD 300´000,000 (Trescientos millones de dólares)para plataformas móviles y jack-up; USD 100´000,000 (Cien millones de dólares) para abastecedores y similares y USD 10,000,000.00 (Diez millones de dólares) para chalanes y remolcadores.  

 

Es una obligación de los operadores del Sector Hidrocarburos presentar a la ASEA las pólizas de seguros de las embarcaciones que sean utilizadas en sus operaciones.

 

Al respecto, es importante considerar diversos aspectos: ¿Los operadores petroleros contarán con embarcaciones o contratarán sus servicios para las actividades que requieran?; si contratan los servicios de un armador ¿Quiénes deberán presentar las pólizas de seguro? Y por último, en caso de un accidente ¿quién es el responsable, el operador petrolero o el armador?

 

Por lo general, los operadores del Sector Hidrocarburos, buscarán los servicios de los armadores, para que les provean de las embarcaciones que requieran, por lo tanto, seguramente las pólizas de seguro que se presenten ante ASEA estarán a nombre de los armadores.

 

Las DACGS establecen que quienes deben dar cumplimiento a sus disposiciones son los operadores del contrato, por lo que son los responsables de contratar los seguros indicados. No obstante, dicha responsabilidad se extiende a contratistas, subcontratistas y proveedores, de conformidad con lo que señala el artículo 24 de las DACGS:

Artículo 24. Los Regulados deberán requerir que sus contratistas, subcontratistas, proveedores o prestadores de servicios mantengan pólizas de seguro vigentes que contengan las coberturas y montos necesarios y suficientes para amparar la responsabilidad por los daños que pudieran generar con motivo de las obras, servicios y/o actividades que realicen.

 

Por lo anterior, los contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio deben contar con la asesoría de un experto en administración de riesgos y seguros, que identifique su exposición al riesgo y determine el programa integral de seguros a su medida.

 

En caso de empresas extranjeras que cuenten con coberturas mundiales de seguros, se deberán adaptar sus programas de seguro a fin de que cumplan con la normatividad nacional.

 

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La responsabilidad de los operadores petroleros en la perforación de pozos

La perforación de pozos petroleros es una actividad de gran complejidad y muy costosa, pero indispensable en el proceso de producción de petróleo, pues es la única forma de tener completa certeza de que existe un yacimiento con recursos de aceite o gas para aprovechar.

 

El pozo petrolero es una obra de ingeniería encaminada a poner en contacto un yacimiento de hidrocarburos con la superficie, para extraer sus recursos.

 

El proceso de perforación consiste en hacer un agujero mediante la rotación de una sarta de perforación y la aplicación de una fuerza de empuje al fondo, utilizando una barrena.

 

La autoridad encargada de emitir a los operadores petroleros las autorizaciones para la perforación de pozos en México es la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), para ello el 14 de octubre de 2016 publicó en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos para la Perforación de Pozos, que contienen las prácticas y estándares con los que deben cumplir los operadores petroleros a fin de que la perforación se lleve a cabo de manera segura.

 

Uno de los aspectos más importantes de los Lineamientos es la determinación de la responsabilidad del operador petrolero en la perforación de pozos, la cual es muy extensa, toda vez que implica todas las etapas, desde el diseño, construcción, mantenimiento y seguimiento a la integridad de un pozo, hasta su abandono.

 

En todas estas etapas, el operador es responsable de las actividades, así como de los daños que se puedan generar con éstas; de los daños causados por cualquier persona que contraten para llevar a cabo dichas actividades y de los materiales y accesorios utilizados para todo lo relacionado con la perforación.

 

Aún más, el operador petrolero es responsable de los daños que se generen como consecuencia de la perforación, con independencia de la vigencia de su asignación o contrato, considerando que los daños pueden ser descubiertos o sus efectos perdurar aun después del abandono del pozo[1].

 

Para asegurarse que los operadores petroleros podrán contar con los recursos necesarios para reparar los daños que causen deben contar con Seguros de Responsabilidad Civil, Responsabilidad Ambiental y Control de Pozos[2], los cuales deberán estar vigentes durante todas las actividades de perforación; en caso contrario, será causa de revocación de la autorización de perforación, de acuerdo con el artículo 47 de los lineamientos citados.

 

En NRGI Broker somos expertos en Seguros para la Perforación de Pozos Petroleros. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

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[1] Por esta razón, en el artículo 10 de los Lineamientos, se establece que los operadores deben resguardar toda la información relacionada con la perforación del pozo durante la vigencia de la asignación o contrato y hasta 5 años posteriores.

[2] Los elementos y características de estos seguros se establecieron en las Disposiciones Administrativas de carácter general en materia de seguros emitidas por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección del Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos publicados (ASEA) el 23 de junio de 2016.

La protección de las personas en el mar

Las personas pueden sufrir percances mientras viajan a bordo de una embarcación: lesiones, enfermedad o muerte, causados o no, por los mismos riesgos de la navegación.

 

En una embarcación se encuentran a bordo los tripulantes y pasajeros, los cuales están expuestos a presentar los síntomas de alguna enfermedad, a sufrir alguna lesión o incluso a que se produzca la muerte en el transcurso de la navegación.

 

Uno de los ejemplos más emblemáticos de los daños que pueden sufrir las personas en una embarcación es el del Titanic, donde centenares de personas, entre pasajeros y tripulación, perdieron la vida a causa de la catástrofe ocurrida.

 

En barcos que no son de pasajeros, también hay registro de las afectaciones que pueden existir para las personas a bordo en caso de siniestro. En 1983, el petrolero español Castillo del Beliver naufragó frente al Cabo de Nueva Esperanza, en Sudáfrica; además del derrame de 250,000 toneladas de crudo, tres de sus tripulantes murieron. Otro caso similar fue el abordaje del petrolero Nassia con un carguero, que dejó un saldo de 36 personas muertas.

 

En el momento del siniestro, se deben tomar todas las medidas necesarias para proteger la vida, la salud y la integridad tanto de los tripulantes como de los pasajeros, lo cual implicará diversos gastos para proveerles de atención médica, primeros auxilios y el regreso a tierra firme, si fuera necesario.

 

El seguro de Protección e Indemnización (P&I), con el que deben contar las embarcaciones cubre los gastos médicos a las personas afectadas o, en su caso la indemnización por los daños o lesiones que pudieran sufrir.

 

Si fue algún tripulante quien sufrió el daño, también se pagarán los gastos que implique enviar a un sustituto.

 

La Ley de Navegación y Comercio Marítimos, en su artículo 175, establece que el propietario de la embarcación es el responsable de todos los daños causados a terceros que le sean imputables por la explotación de la embarcación o por su carga. Por eso, se establece la obligación de contar con un seguro de P&I.

 

En el ámbito internacional, la responsabilidad se rige con base en el Convenio sobre Limitación de la Responsabilidad Nacida de Reclamaciones de Derecho Marítimo y, en su caso, por el Convenio Internacional sobre Responsabilidad por Daños Causados por la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos.

 

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[1] http://www.20minutos.es/noticia/728547/0/vertidos/petroleo/claves/

Paquete Integral de Seguros

Los Seguros para Empresas se adaptan de acuerdo al sector y al tamaño de cada giro así como a los principales riesgos a los que está expuesto y que podrían impedir su crecimiento.

 

La realización de una auditoría anual es el mecanismo idóneo para identificar y controlar los riesgos potenciales, así como sus posibles daños y costos.

 

Contar con un Paquete de Seguros integral, permite que las empresas enfrenten con éxito sus riesgos, ayudan a mitigar el riesgo de sufrir daños inesperados. Un seguro por sí mismo, no siempre es suficiente, en cambio una combinación de ellos permite no tan solo proteger los activos, si no las utilidades y los daños que se puedan ocasionar a terceros, los seguros más comunes de acuerdo a las actividades específicas de una empresa son:

Seguro de Daños: Permite proteger la infraestructura del negocio, ya sea por riesgos de la naturaleza (incendio, terremoto o inundación) y riesgos inherentes a la operación y giro. Su objetivo es reducir el impacto económico en caso de siniestro.

Seguro de Interrupción de Negocios: Compensa a los dueños del negocio por la pérdida de ingresos, gastos extraordinarios, perdida de utilidades, etc., si la empresa necesita desocupar sus instalaciones debido a daños sufridos por un desastre, la cobertura de los ingresos del negocio repone las ganancias que este hubiera generado, basada en los históricos de sus estados financieros.

Seguro de Responsabilidad Civil: Hace frente a los daños ocasionados por la operación y/o errores a terceros en sus personas y en sus bienes.

 

Existen muchas otros tipos de seguros dependiendo del tipo, tamaño y servicios que ofrezca cada empresa. Lo más recomendable es acercase con un especialista en seguros, que pueda diseñar el paquete integral que más convenga a tu negocio.

 

En NRGI Broker somos expertos en todo tipo de seguros, podemos diseñar un paquete a tu medida, acércate a nosotros.

Administración de Riesgos

Qué es un riesgo: “Incertidumbre concerniente a una perdida que se presenta debido a un conjunto de circunstancias dadas”.

Principios Básicos del riesgo

  • No retenga más de lo que pueda soportar en pérdida.
  • No arriesgue mucho por poco.
  • Considere la probabilidad de los eventos y su impacto potencial.
  • No existe “una pérdida sin asegurar”. “Una pérdida sin asegurar” es igual a una retención.

 

Los riesgos que enfrentan las empresas en todo el mundo han cambiado drásticamente a través de los últimos años. Hoy en día, en adición a las preocupaciones de riesgos tradicionales, como las catástrofes naturales, el panorama de riesgos se ha ampliado para incluir los riesgos de daños a la reputación, nueva reglamentación, cumplimiento de normativas, daños a la propiedad, el aumento en competencia.. Por lo cual es primordial contar con un programa que tenga un perfil único de riesgos y exposiciones. El cual es conocido como un programa de administración de riesgos.

 

Es importante definir la administración de riesgos: “Es el proceso de proteger los activos de una organización a través de una identificación y análisis de las exposiciones, controlando las exposiciones, financiando las pérdidas con fondos internos y externos, y la implementación y monitoreo de dicho proceso.

 

Los objetivos de la administración de riesgos en una empresa abarcan el antes, durante y después de una perdida.

Antes:
  • La eficiencia (competitividad) y el crecimiento.
  • Regulación/conformidad
  • Enfoque en riesgos administrables
  • Mínima desviación de objetivos
  • Promover la estabilidad y maximización de utilidades
  • Flujo de efectivo
Durante:
  • Proteger a las personas
  • Proteger los activos
  • Recaudar datos, información y recursos para recuperar la pérdida/reclamación (internas y externas)
  • Estimación de la duración de la pérdida/reclamación y disponer del financiamiento adecuado
Después:
  • Supervivencia
  • Estabilidad (regresar a la eficiencia, competitividad, maximización de utilidades lo antes posible)
  • Mantener la rentabilidad o el retorno a la rentabilidad
  • Mantener el crecimiento o retornar al crecimiento
  • Buen Ciudadano/Responsabilidad Social: no debemos pasar como “los malos;” esto puede representar gastos (relaciones públicas) que no se consideraban necesarios antes de que ocurriera una pérdida mayor (por ejemplo, catástrofes ambientales)

 

Un programa de administración de riesgos consta de 5 etapas

1. Identificación de Riesgos: el proceso de identificar y examinar las exposiciones de una organización

a. Propiedad (Bienes) b. Recursos Humanos c. Responsabilidad Civil d. Utilidad Neta / Ingreso Neto

2. Análisis de Riesgos: La evaluación del impacto potencial que las varias exposiciones pueden tener sobre la compañía, hay dos tipos de análisis

a. Análisis cualitativo

b. Análisis cuantitativo

3. Control de Riesgos: Cualquier acción o inactividad consiente que minimiza, a un costo óptimo, la probabilidad, frecuencia, severidad, o la incertidumbre de la pérdida

a. Evitar,

b. Prevenir,

c. Reducir,

d. Segregar / separar / duplicar, e. Transferir (ya sea contractual, física, o ambas)

4. Financiamiento de Riesgos la obtención de fondos internos y externos al mejor costo posible para pagar las pérdidas a través de dos modalidades

1. Retención: fondos internos para financiar las pérdidas

2. Transferencia de la responsabilidad: Seguros

5. Monitoreo de Riesgos: implementación y monitoreo del proceso de administración de riesgos

 

En la etapa del financiamiento del riesgo cabe destacar que la retención genera una carga financiera a las empresas, por lo cual estamos convencidos en que la mejor forma de financiar riesgos es la transferencia a través de seguros, No existe “una pérdida sin asegurar”. “Una pérdida sin asegurar” es igual a una retención.

 

En NRGI Broker, somos expertos en administración de riesgos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

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Terceros autorizados para realizar estudios de Pérdida Máxima Probable

El pasado 07 de junio de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Convocatoria para obtener la autorización como tercero a efecto de realizar la evaluación técnica para el estudio de pérdida máxima probable.

 

La pérdida máxima probable, PML por sus siglas en inglés (Probable Maximum Loss) se refiere al estudio que se realiza para determinar el valor de los daños y/o perjuicios derivados del siniestro máximo probable, en este caso, en una instalación o derivado de una actividad del sector hidrocarburos[1].

 

De acuerdo con las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen las reglas para el requerimiento de seguros, las empresas que realicen actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, tratamiento y refinación de petróleo y procesamiento de gas natural, deben contratar Seguros de Control de Pozos, Responsabilidad Civil y Responsabilidad Ambiental con base en los montos mínimos de aseguramiento que ahí se establecen.

 

Para las empresas que consideren que los montos mínimos de aseguramiento establecidos por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección del Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) no corresponden con su nivel de exposición al riesgo, pueden optar por la presentación de un estudio de PML, que deberá ser realizado por un tercero autorizado por la ASEA, a través del cual se determinará el monto que deberá contratarse para atender el siniestro máximo que pudiera presentarse.

 

De acuerdo con la convocatoria antes referida, quienes estén interesados en acreditarse como terceros autorizados para realizar los estudios de PML deben presentar una solicitud ante ASEA acompañada de la documentación que acredite que cuenta con los conocimientos y experiencia necesarios en alguna de las siguientes áreas: petróleo y gas; industrial; ambiental; química; mecánica, biología; actuaria; económica; energía.

 

Adicionalmente, la ASEA cuenta con una guía en la que se establecen los elementos mínimos requeridos para determinar el valor del siniestro máximo probable, los cuales dependen de las características de las obras o actividades a evaluar.

 

Derivado de lo anterior, es muy importante que las empresas consideren el costo del estudio de PML; asimismo, que la realización del estudio no garantiza que el monto de la valuación del siniestro máximo probable sea inferior al monto mínimo de aseguramiento establecido en la regulación y, por último deberán asegurarse que quien elabore el PML sea un tercero autorizado, pues es la única forma en la que ASEA podrá aceptar el estudio a trámite.

 

En NRGI Broker, somos expertos en Seguros para el Sector Hidrocarburos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

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[1] Si bien este concepto es ampliamente utilizado para los seguros de propiedad, no se aplica plenamente para los seguros de responsabilidad civil y responsabilidad ambiental por la complejidad que implica cuantificar el peor escenario en virtud del interés asegurable; sin embargo, el criterio de la autoridad reguladora está orientado a tratar de delimitar y valuar el peor escenario que se pudiera presentar.

Los seguros para los contratos de exploración y extracción de hidrocarburos

En el marco de la Reforma Energética, se han llevado a cabo las Rondas de Licitación para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos. Los ganadores celebraron los contratos correspondientes con la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH).

 

Entre las obligaciones más importantes de los nuevos operadores, se encuentra la de contratar seguros de control de pozos, de responsabilidad civil y responsabilidad ambiental.

 

Estos seguros tienen como objetivo que quienes realicen las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos puedan responder por los daños que causen a personas, sus bienes y el medio ambiente.

 

La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección Ambiental del Sector Hidrocarburos (ASEA), es la autoridad competente para emitir la regulación en materia de seguros. En ejercicio de tal atribución, el día 23 de junio de 2016 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen las reglas para el requerimiento mínimo de seguros a los Regulados que lleven a cabo obras o actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos, Tratamiento y Refinación de Petróleo y Procesamiento de Gas Natural (DACGS).

 

Las DACGS establecen los elementos y características de los seguros obligatorios, por lo que las empresas que contraten estos seguros deberán cerciorarse de que cumplan con lo establecido en la regulación.

 

Los requisitos más importantes con los que deberán contar los seguros son, entre otros, los siguientes:

  1. Las pólizas de seguro deberán ser emitidas por una institución de seguros autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
  2. La vigencia mínima de las pólizas deberá ser de un año.
  3. Las pólizas de seguros deberán incluir expresamente la renuncia de las instituciones de seguros a sus derechos de subrogación en contra de las autoridades del Sector Hidrocarburos.
  4. Las pólizas no deberán contener condiciones suspensivas que limiten la cobertura de los seguros en función de las actividades de los Regulados o que los subordine a la aplicación o no aplicación de otros seguros.1512

 

En NRGI Broker somos expertos en los seguros requeridos en los contratos con la CNH, acércate a nosotros.

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