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The regime of strict liability in the activities of Exploration and Extraction of hydrocarbons

The General Administrative Provisions that establish the Guidelines on Industrial and Operational Safety and Environmental Protection to carry out the activities of Surface Recognition and Exploration, Exploration and Extraction of Hydrocarbons (DACG/E&E), were published in the Official Gazette of the Federation, issued by the National Agency for Industrial Safety and Environmental Protection of the Hydrocarbons Sector (ASEA), established  that those who carry out works or activities for the exploration and extraction of hydrocarbons are subject to a regime of strict liability, that is, they operate under the assumption that they are creating a risk to people and the environment and, therefore, in case of causing damage they must carry out its repair, without this being conditioned to prove their fault.

 

Derived from the above, ASEA imposes on operators the obligation to perform all actions necessary to prevent environmental damage arising from the risks created, for which they must contain, characterize and remedy them with opportunity under their own processes and according to the applicable legislation and regulations.

 

In this sense, the “DACG/E&E” establish that Exploration and Extraction activities must be carried out under certain principles, such as:

 

  1. Minimize the risks at a level that is as low as reasonably possible, that is, up to a level where it is demonstrated that the cost of continuing to reduce that risk is greater compared to the economic benefit that would be obtained. This allows a reasonable balance between economic activity and the protection of third parties and the environment.
  2. Regularly review the risk reduction measures in order to update them based on the technological development and specialized knowledge.

 

  1. Implement emergency measures and foster a culture of the protection of people, the environment and facilities.

 

The aforementioned principles are aimed at preventing the accidents from happening, so they must be complemented with measures that have as their object the repair and / or compensation of the damages caused by the an accident.

 

One of the most effective measures to achieve this is to have financial instruments that allow for the consequences of the materialization of risks, such as an insurance.

At NRGI Broker we are experts in insurance for the Exploration and Extraction of Hydrocarbons. Come to us.

 

¿POR QUÉ LOS SEGUROS Y NO OTRAS GARANTÍAS FINANCIERAS EN EL SECTOR HIDROCARBUROS?

Las garantías financieras son instrumentos a través de los cuales los titulares de los contratos  garantizan el cumplimiento de las obligaciones asumidas.

Entre éstas se encuentran los seguros que, en estricto sentido, se definen como un contrato bilateral, a través del cual una de las partes (el asegurado) obtiene, a cambio del pago de  una prima, la protección de una determinada suma económica que la otra parte (la aseguradora) se compromete a pagar en caso de que se presente un hecho no deseado, fortuito, súbito e inesperado, determinado previamente en la póliza de seguro.

La principal característica de los seguros es la de fungir como un respaldo económico ante diversas contingencias, ya sea que recaigan en el mismo asegurado o un tercero afectado, como consecuencia de una acción u omisión del asegurado.

Un claro ejemplo del primer caso es un seguro de gastos médicos mayores, donde en caso de que el asegurado presente un padecimiento considerado como gasto médico mayor, la aseguradora deberá pagar el monto establecido como indemnización.

En el segundo caso, se configura la responsabilidad civil, según la cual aquel que cause un daño a un tercero en su persona o en sus bienes está obligado a repararlo. De manera que si el asegurado causa un daño a otro, la aseguradora deberá indemnizar al afectado.

Los seguros en el sector hidrocarburos fueron regulados a partir de la Reforma Energética. El artículo 6, fracción I, inciso c, de la Ley de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), se establece la facultad de dicha Agencia, para:

“Regular el requerimiento de garantías o cualquier otro instrumento financiero necesario para que los Regulados cuenten con coberturas financieras contingentes frente a daños o perjuicios que se pudieran generar. Dicha regulación deberá contar con la opinión favorable de la Secretaría de Energía y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”.

Hasta la fecha únicamente se ha regulado en materia de seguros para las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, tratamiento y refinación de petróleo y procesamiento de gas natural, a través de las Disposiciones Administrativas en materia de Seguros  (DACGS), en donde se establecieron los elementos y características con los que deben contar los seguros de control de pozos y responsabilidad civil-ambiental que deben contratar los regulados.

Ahora bien, es importante preguntar por qué las autoridades mexicanas decidieron requerir seguros sobre otras garantías financieras en el sector hidrocarburos:

  • Son el instrumento financiero más utilizado en el mundo por empresas petroleras. En países como los Estados Unidos de América, Brasil, Colombia, Reino Unido, Australia y Noruega se privilegia la adquisición de seguros para respaldar las operaciones nacionales e internacionales de las empresas.
  • Es muy expedito el proceso de autorización y emisión del seguro, cubre un gran número de riesgos propios del sector hidrocarburos. A través de los seguros adecuados, es posible cubrir desde un accidente personal hasta un descontrol de pozos que provoque un daño catastrófico.
  • No importa la fase operativa o la situación financiera de la empresa contratante del seguro. El seguro estará vigente siempre y cuando se paguen las primas correspondientes.
  • Su costo se reduce a las primas y, por ende, no inmoviliza capital.

 

En NRGI Broker, somos expertos en seguros para el sector hidrocarburos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.