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El riesgo en las terminales de almacenamiento

De conformidad con el artículo 4 fracción II de la Ley de Hidrocarburos, el almacenamiento es la actividad que consiste en depositar o resguardar hidrocarburos y petrolíferos en espacios destinados para ello, que pueden ubicarse en la superficie, el mar o el subsuelo. Las instalaciones que se utilizan para tal efecto pueden ser de varios tipos: terminales, tanques subterráneos y tanques submarinos. Incluso, los buques-tanque o los llamados “supercargueros” han sido recientemente utilizados para almacenar petróleo en el mar[1].

 

Se trata de una actividad muy importante en la cadena de valor de los hidrocarburos y petrolíferos, ya que es un eslabón entre la producción y el transporte; sirve de depósito en caso de sobre-oferta y además son los espacios de resguardo en los centros dedicados a la venta al público.

 

Como se puede ver, el almacenamiento sirve a distintos fines y por ello la infraestructura utilizada es de diversos tipos y capacidades.

 

Las terminales de almacenamiento se distinguen por servir de resguardo para grandes cantidades de hidrocarburos y petrolíferos; pero al ser depósitos de amplias dimensiones, se encuentran expuestas a diversos riesgos tales como incendio, explosión, fuga, derrames, entre otros, que de materializarse pueden presentar graves consecuencias para personas, bienes y medio ambiente.

 

Uno de los medios más efectivos para que las empresas puedan estar respaldadas frente a los riesgos a los que están expuestas es contar con un Programa Integral de Seguros, con las coberturas adecuadas y los montos suficientes, de acuerdo a sus características.

 

En general, un Programa Integral de Seguros para una terminal de almacenamiento, deberá contar con los siguientes seguros:

  • Construcción y montaje (en caso de estar en la etapa de construcción).
  • Daños materiales.
  • Equipo Electrónico.
  • Responsabilidad Civil.
  • Responsabilidad Ambiental.
  • Pérdidas Consecuenciales.

 

En NRGI Broker, somos expertos en seguros para Terminales de Almacenamiento de Hidrocarburos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

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[1] http://www.notimerica.com/economia/noticia-exclusiva-sobreabundancia-crudo-lleva-operadores-buscar-supercargueros-almacenar-mar-20150108190131.html

La industria de los hidrocarburos y los seguros

La cadena de valor de los hidrocarburos y sus derivados, es amplia y compleja, abarca distintas actividades: exploración, extracción, refinación y procesamiento, transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público.

 

Se trata de actividades que son altamente riesgosas por las características intrínsecas de los hidrocarburos, las cuales les otorgan el potencial de causar daños y perjuicios. A dichos riesgos, se le suman aquellos que son particulares de cada actividad. Por ejemplo, en las actividades de extracción existe la posibilidad de un descontrol de pozo, lo que puede causar severos daños a personas y medio ambiente; los auto-tanques pueden causar daños exponenciales en caso de una explosión pues transitan en zonas de alta densidad poblacional; los ductos son sujetos a actos vandálicos para sustraer los hidrocarburos, lo cual puede causar daños al medio ambiente por los derrames.

 

Para evitar los accidentes, las empresas generalmente implementan una serie de medidas preventivas, sin embargo cuando todas éstas fallan, es sumamente importante contar con los mecanismos de transferencia de riesgos en los que el instrumento más eficaz es el aseguramiento de las actividades operativas, que garanticen la reparación de los daños ocasionados a terceros en sus personas y bienes, al medio ambiente y por supuesto a los activos de las empresas.

 

Los seguros son instrumentos de transferencia del riesgo, que están diseñados para cumplir con objetivos específicos. Por ejemplo, un Seguro de Responsabilidad Civil otorga cobertura por los daños que se causen a terceros en sus personas y bienes; un Seguro de Responsabilidad Ambiental sirve para absorber los costos de remediación o compensación por contaminación ambiental; un Seguro de Control de Pozos, como su nombre lo indica, está diseñado para asumir los costos que se deriven de un accidente en un pozo de perforación, así las empresas de la industria de hidrocarburos deben contar con un programa integral de aseguramiento que abarque todas sus áreas de riesgo.

 

En la etapa actual que vive México, en la que participan activamente diversas empresas deben estar preparadas para actuar en un escenario de nuevas regulaciones emergentes, donde deberán ajustar sus esquemas de aseguramiento a las disposiciones que han emitido o emitan las autoridades reguladoras competentes.

 

En NRGI Broker somos expertos en proporcionar asesoría y diseñar esquemas de aseguramiento personalizados, acércate a nosotros.

 

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Terminales de Almacenamiento

El almacenamiento es la actividad consistente en depositar y resguardar hidrocarburos y/o sus derivados en instalaciones para ese fin específico, las cuales pueden ubicarse en la superficie, el mar y el subsuelo.

 

Hasta hace poco tiempo, Petróleos Mexicanos era la única empresa que llevaba a cabo esta actividad, para lo cual cuenta con terminales terrestres y marítimas de almacenamiento y despacho, ubicadas a lo largo del territorio nacional, con una capacidad superior a los 30 millones de barriles.

 

En el corto y mediano plazo, se prevé que la infraestructura de almacenamiento será una de las que más demanda tendrá, derivado de dos hechos principalmente:

  • La libre comercialización de combustibles, que desde el año 2016 permite a la iniciativa privada importar gasolina y venderla a través de sus propias marcas en las estaciones de servicio, lo cual supone la entrada de una cantidad importante del combustible que de manera previa a su venta para consumo final, requerirá ser almacenada.
  • El incremento en la producción de hidrocarburos, derivada de las actividades de exploración y extracción que realizarán los operadores petroleros, para lo cual necesitarán contar con instalaciones de almacenamiento, para el resguardo de los hidrocarburos, antes de su traslado a las zonas de refinación o de transporte.

 

Como una muestra de lo anterior, en el primer trimestre del2017, se tiene previsto el inicio de operaciones de la primera terminal privada en el estado de San Luis Potosí, para el almacenamiento y reparto de gasolinas y diésel con una capacidad aproximada de 300,000 barriles, con lo que se abre la competencia para Pemex en esta actividad.

 

En este contexto, las empresas requieren contar con los seguros que les permitan llevar a cabo de manera segura la construcción y operación de las terminales de almacenamiento. Entre los principales seguros que deberán contratar se encuentran los siguientes: Todo riesgo de Construcción y Montaje, Responsabilidad Civil, Responsabilidad Ambiental, Daños Materiales e Interrupción de Negocios.

 

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Distribución de hidrocarburos y petrolíferos por medios distintos a ductos

Actualmente se encuentra en revisión en el portal de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) un Anteproyecto para emitir un Acuerdo que tiene como objetivo realizar una interpretación de la actividad de Distribución por medios distintos a ductos, así como de la Guarda. Lo anterior resulta relevante, toda vez que la actividad de Distribución en muchas ocasiones requiere la guarda de hidrocarburos y petrolíferos, sin que necesariamente implique Almacenamiento, de conformidad con la definición de ésta última establecida en la Ley de Hidrocarburos (LH).

 

En efecto, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos, la Distribución comprende la actividad de adquirir, recibir, guardar y, en su caso, conducir gas natural y petrolíferos para su expendio al público o consumo final; mientras que el artículo 4, fracción XXXVIII de la LH, define Almacenamiento como la actividad de recibir hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos propiedad de terceros, en los puntos de recepción de su instalación o sistema, conservarlos en depósito, resguardarlos y devolverlos al depositante o a quien éste designe, en los puntos de entrega determinados en su instalación o sistema.

 

En este sentido, en el anteproyecto se establece que tanto la distribución como el almacenamiento son actividades logísticas reguladas llevadas a cabo a través de permisos otorgados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) pudiendo emplear infraestructura de tanquería para diversos productos, la cual puede ser la misma para ambas actividades, es decir, que ambas actividades se desarrollan en tanquerías que cuentan con una capacidad determinada y destinadas a recibir ciertos volúmenes de diversos productos por un periodo de tiempo.

 

No obstante lo anterior, la diferencia estriba en que la distribución incluye la guarda -de un producto que es propiedad del permisionario- como una actividad operativa, para posteriormente entregarlo a los usuarios o consumidores finales, mientras que el almacenamiento implica la actividad de recibir y resguardar los productos de terceros, para devolverlos cuando se requiera.

 

Distinguir ambas actividades es fundamental, en virtud de las disposiciones regulatorias a las que están sujetas cada una de ellas y para el otorgamiento del permiso que le corresponda. Por ello, en el anteproyecto citado, se propone definir la Guarda como “el proceso operativo que se desarrolla como parte de la actividad regulada de distribución y que tiene como fin el resguardo temporal de hidrocarburos y petrolíferos propiedad del distribuidor, exclusivamente para su posterior entrega a un permisionario de expendio al público o bien, a un usuario final”. Por tanto, está prohibido almacenar productos propiedad de terceros.

 

Como se puede apreciar, la distribución de gas natural y petrolíferos es una actividad compleja que para ser llevada a cabo requiere de otras actividades logísticas como es la guarda, lo cual aumenta los riesgos en la operación.

 

Dichos riesgos deben ser adecuadamente administrados, a efecto de que no se conviertan en problemas que impidan la realización efectiva de la actividad.

 

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Las temporadas abiertas en el transporte por ducto de hidrocarburos y petrolíferos

De acuerdo con cifras de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), hasta el 6 de febrero del 2017, se han emitido 1648 permisos de transporte para petróleo, petrolíferos y petroquímicos, 249 de transporte de gas natural y 209 de gas licuado de petróleo (https://www.gob.mx/cre/acciones-y-programas/como-vamos-en-materia-de-hidrocarburos); una parte importante corresponde a ductos, toda vez que es uno de los medios más utilizados por su eficiencia y seguridad.

 

El transporte de ductos se puede llevar a cabo para usos propios, pero también con el fin de proporcionar servicios a terceros. En éste último caso, la CRE ha establecido ciertas condiciones, considerando que se trata de un servicio estratégico en la cadena de valor de los hidrocarburos y petrolíferos.

 

Para llevar a cabo la actividad de transporte por ducto, se requiere la realización de temporadas abiertas como un proceso en el que la empresa de transporte y operadora de un ducto ofrece al mercado la posibilidad de reserva de capacidad y transporte en el ducto, la cual de acuerdo con el artículo 4 de la Ley Hidrocarburos, tiene el propósito de brindar equidad y transparencia en la asignación o adquisición de capacidad disponible a terceros de un sistema o de un nuevo proyecto o con motivo de una renuncia permanente de capacidad reservada, que debe realizar un permisionario de transporte, almacenamiento o distribución de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos para ponerla a disposición del público, a efecto de reasignar capacidad o determinar las necesidades de expansión o ampliación de capacidad”.

 

Actualmente la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Petróleos Mexicanos (PEMEX), son las principales empresas que están llevando a cabo las temporadas abiertas para ofrecer a terceros la infraestructura que tienen disponible.

 

En el caso de Pemex su temporada abierta para la infraestructura ubicada en el norte del país se encuentra vigente hasta el 17 de febrero (http://www.pemex.com/nuestro-negocio/logistica/temporadasabiertas/Paginas/default.aspx).

 

Al respecto, es importante destacar que uno de los requisitos de la CRE para otorgar los permisos de transporte por ducto es demostrar que se cuenta con los seguros suficientes para responder por los daños o perjuicios que se pudieran ocasionar en el desarrollo de sus actividades. En el caso de las temporadas abiertas, contar con seguros adquiere especial relevancia, toda vez que se trata de una forma de dar certeza a quienes deseen contratar capacidad y transporte en el ducto, que el sistema que les prestará el servicio se encuentra amparado.

 

En NRGI Broker somos expertos en Seguros para la Construcción y Operación de transporte por ductos de hidrocarburos y petrolíferos. Acércate a nosotros.

 

Gas pipeline in Wyoming