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Obligaciones de los armadores de embarcaciones en materia de seguros, cuando se desempeñan como contratistas y proveedores del sector de hidrocarburos

Las Disposiciones Administrativas en materia de seguros para las actividades de Exploración y Extracción (DACGS), publicadas el 23 de junio de 2016, dedican su artículo 29 a establecer los montos mínimos de aseguramiento de las embarcaciones que sean utilizadas en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

 

Los montos van desde los USD 1´000,000,000.00 (Mil millones de dólares) para los FPSO (Floating, Production, Storage and Offloading) o FSO (Floating, Storage and Offloading); USD 300´000,000 (Trescientos millones de dólares)para plataformas móviles y jack-up; USD 100´000,000 (Cien millones de dólares) para abastecedores y similares y USD 10,000,000.00 (Diez millones de dólares) para chalanes y remolcadores.  

 

Es una obligación de los operadores del Sector Hidrocarburos presentar a la ASEA las pólizas de seguros de las embarcaciones que sean utilizadas en sus operaciones.

 

Al respecto, es importante considerar diversos aspectos: ¿Los operadores petroleros contarán con embarcaciones o contratarán sus servicios para las actividades que requieran?; si contratan los servicios de un armador ¿Quiénes deberán presentar las pólizas de seguro? Y por último, en caso de un accidente ¿quién es el responsable, el operador petrolero o el armador?

 

Por lo general, los operadores del Sector Hidrocarburos, buscarán los servicios de los armadores, para que les provean de las embarcaciones que requieran, por lo tanto, seguramente las pólizas de seguro que se presenten ante ASEA estarán a nombre de los armadores.

 

Las DACGS establecen que quienes deben dar cumplimiento a sus disposiciones son los operadores del contrato, por lo que son los responsables de contratar los seguros indicados. No obstante, dicha responsabilidad se extiende a contratistas, subcontratistas y proveedores, de conformidad con lo que señala el artículo 24 de las DACGS:

Artículo 24. Los Regulados deberán requerir que sus contratistas, subcontratistas, proveedores o prestadores de servicios mantengan pólizas de seguro vigentes que contengan las coberturas y montos necesarios y suficientes para amparar la responsabilidad por los daños que pudieran generar con motivo de las obras, servicios y/o actividades que realicen.

 

Por lo anterior, los contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio deben contar con la asesoría de un experto en administración de riesgos y seguros, que identifique su exposición al riesgo y determine el programa integral de seguros a su medida.

 

En caso de empresas extranjeras que cuenten con coberturas mundiales de seguros, se deberán adaptar sus programas de seguro a fin de que cumplan con la normatividad nacional.

 

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La responsabilidad de los operadores petroleros en la perforación de pozos

La perforación de pozos petroleros es una actividad de gran complejidad y muy costosa, pero indispensable en el proceso de producción de petróleo, pues es la única forma de tener completa certeza de que existe un yacimiento con recursos de aceite o gas para aprovechar.

 

El pozo petrolero es una obra de ingeniería encaminada a poner en contacto un yacimiento de hidrocarburos con la superficie, para extraer sus recursos.

 

El proceso de perforación consiste en hacer un agujero mediante la rotación de una sarta de perforación y la aplicación de una fuerza de empuje al fondo, utilizando una barrena.

 

La autoridad encargada de emitir a los operadores petroleros las autorizaciones para la perforación de pozos en México es la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), para ello el 14 de octubre de 2016 publicó en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos para la Perforación de Pozos, que contienen las prácticas y estándares con los que deben cumplir los operadores petroleros a fin de que la perforación se lleve a cabo de manera segura.

 

Uno de los aspectos más importantes de los Lineamientos es la determinación de la responsabilidad del operador petrolero en la perforación de pozos, la cual es muy extensa, toda vez que implica todas las etapas, desde el diseño, construcción, mantenimiento y seguimiento a la integridad de un pozo, hasta su abandono.

 

En todas estas etapas, el operador es responsable de las actividades, así como de los daños que se puedan generar con éstas; de los daños causados por cualquier persona que contraten para llevar a cabo dichas actividades y de los materiales y accesorios utilizados para todo lo relacionado con la perforación.

 

Aún más, el operador petrolero es responsable de los daños que se generen como consecuencia de la perforación, con independencia de la vigencia de su asignación o contrato, considerando que los daños pueden ser descubiertos o sus efectos perdurar aun después del abandono del pozo[1].

 

Para asegurarse que los operadores petroleros podrán contar con los recursos necesarios para reparar los daños que causen deben contar con Seguros de Responsabilidad Civil, Responsabilidad Ambiental y Control de Pozos[2], los cuales deberán estar vigentes durante todas las actividades de perforación; en caso contrario, será causa de revocación de la autorización de perforación, de acuerdo con el artículo 47 de los lineamientos citados.

 

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[1] Por esta razón, en el artículo 10 de los Lineamientos, se establece que los operadores deben resguardar toda la información relacionada con la perforación del pozo durante la vigencia de la asignación o contrato y hasta 5 años posteriores.

[2] Los elementos y características de estos seguros se establecieron en las Disposiciones Administrativas de carácter general en materia de seguros emitidas por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección del Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos publicados (ASEA) el 23 de junio de 2016.

La protección de las personas en el mar

Las personas pueden sufrir percances mientras viajan a bordo de una embarcación: lesiones, enfermedad o muerte, causados o no, por los mismos riesgos de la navegación.

 

En una embarcación se encuentran a bordo los tripulantes y pasajeros, los cuales están expuestos a presentar los síntomas de alguna enfermedad, a sufrir alguna lesión o incluso a que se produzca la muerte en el transcurso de la navegación.

 

Uno de los ejemplos más emblemáticos de los daños que pueden sufrir las personas en una embarcación es el del Titanic, donde centenares de personas, entre pasajeros y tripulación, perdieron la vida a causa de la catástrofe ocurrida.

 

En barcos que no son de pasajeros, también hay registro de las afectaciones que pueden existir para las personas a bordo en caso de siniestro. En 1983, el petrolero español Castillo del Beliver naufragó frente al Cabo de Nueva Esperanza, en Sudáfrica; además del derrame de 250,000 toneladas de crudo, tres de sus tripulantes murieron. Otro caso similar fue el abordaje del petrolero Nassia con un carguero, que dejó un saldo de 36 personas muertas.

 

En el momento del siniestro, se deben tomar todas las medidas necesarias para proteger la vida, la salud y la integridad tanto de los tripulantes como de los pasajeros, lo cual implicará diversos gastos para proveerles de atención médica, primeros auxilios y el regreso a tierra firme, si fuera necesario.

 

El seguro de Protección e Indemnización (P&I), con el que deben contar las embarcaciones cubre los gastos médicos a las personas afectadas o, en su caso la indemnización por los daños o lesiones que pudieran sufrir.

 

Si fue algún tripulante quien sufrió el daño, también se pagarán los gastos que implique enviar a un sustituto.

 

La Ley de Navegación y Comercio Marítimos, en su artículo 175, establece que el propietario de la embarcación es el responsable de todos los daños causados a terceros que le sean imputables por la explotación de la embarcación o por su carga. Por eso, se establece la obligación de contar con un seguro de P&I.

 

En el ámbito internacional, la responsabilidad se rige con base en el Convenio sobre Limitación de la Responsabilidad Nacida de Reclamaciones de Derecho Marítimo y, en su caso, por el Convenio Internacional sobre Responsabilidad por Daños Causados por la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos.

 

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[1] http://www.20minutos.es/noticia/728547/0/vertidos/petroleo/claves/

Paquete Integral de Seguros

Los Seguros para Empresas se adaptan de acuerdo al sector y al tamaño de cada giro así como a los principales riesgos a los que está expuesto y que podrían impedir su crecimiento.

 

La realización de una auditoría anual es el mecanismo idóneo para identificar y controlar los riesgos potenciales, así como sus posibles daños y costos.

 

Contar con un Paquete de Seguros integral, permite que las empresas enfrenten con éxito sus riesgos, ayudan a mitigar el riesgo de sufrir daños inesperados. Un seguro por sí mismo, no siempre es suficiente, en cambio una combinación de ellos permite no tan solo proteger los activos, si no las utilidades y los daños que se puedan ocasionar a terceros, los seguros más comunes de acuerdo a las actividades específicas de una empresa son:

Seguro de Daños: Permite proteger la infraestructura del negocio, ya sea por riesgos de la naturaleza (incendio, terremoto o inundación) y riesgos inherentes a la operación y giro. Su objetivo es reducir el impacto económico en caso de siniestro.

Seguro de Interrupción de Negocios: Compensa a los dueños del negocio por la pérdida de ingresos, gastos extraordinarios, perdida de utilidades, etc., si la empresa necesita desocupar sus instalaciones debido a daños sufridos por un desastre, la cobertura de los ingresos del negocio repone las ganancias que este hubiera generado, basada en los históricos de sus estados financieros.

Seguro de Responsabilidad Civil: Hace frente a los daños ocasionados por la operación y/o errores a terceros en sus personas y en sus bienes.

 

Existen muchas otros tipos de seguros dependiendo del tipo, tamaño y servicios que ofrezca cada empresa. Lo más recomendable es acercase con un especialista en seguros, que pueda diseñar el paquete integral que más convenga a tu negocio.

 

En NRGI Broker somos expertos en todo tipo de seguros, podemos diseñar un paquete a tu medida, acércate a nosotros.

Administración de Riesgos

Qué es un riesgo: “Incertidumbre concerniente a una perdida que se presenta debido a un conjunto de circunstancias dadas”.

Principios Básicos del riesgo

  • No retenga más de lo que pueda soportar en pérdida.
  • No arriesgue mucho por poco.
  • Considere la probabilidad de los eventos y su impacto potencial.
  • No existe “una pérdida sin asegurar”. “Una pérdida sin asegurar” es igual a una retención.

 

Los riesgos que enfrentan las empresas en todo el mundo han cambiado drásticamente a través de los últimos años. Hoy en día, en adición a las preocupaciones de riesgos tradicionales, como las catástrofes naturales, el panorama de riesgos se ha ampliado para incluir los riesgos de daños a la reputación, nueva reglamentación, cumplimiento de normativas, daños a la propiedad, el aumento en competencia.. Por lo cual es primordial contar con un programa que tenga un perfil único de riesgos y exposiciones. El cual es conocido como un programa de administración de riesgos.

 

Es importante definir la administración de riesgos: “Es el proceso de proteger los activos de una organización a través de una identificación y análisis de las exposiciones, controlando las exposiciones, financiando las pérdidas con fondos internos y externos, y la implementación y monitoreo de dicho proceso.

 

Los objetivos de la administración de riesgos en una empresa abarcan el antes, durante y después de una perdida.

Antes:
  • La eficiencia (competitividad) y el crecimiento.
  • Regulación/conformidad
  • Enfoque en riesgos administrables
  • Mínima desviación de objetivos
  • Promover la estabilidad y maximización de utilidades
  • Flujo de efectivo
Durante:
  • Proteger a las personas
  • Proteger los activos
  • Recaudar datos, información y recursos para recuperar la pérdida/reclamación (internas y externas)
  • Estimación de la duración de la pérdida/reclamación y disponer del financiamiento adecuado
Después:
  • Supervivencia
  • Estabilidad (regresar a la eficiencia, competitividad, maximización de utilidades lo antes posible)
  • Mantener la rentabilidad o el retorno a la rentabilidad
  • Mantener el crecimiento o retornar al crecimiento
  • Buen Ciudadano/Responsabilidad Social: no debemos pasar como “los malos;” esto puede representar gastos (relaciones públicas) que no se consideraban necesarios antes de que ocurriera una pérdida mayor (por ejemplo, catástrofes ambientales)

 

Un programa de administración de riesgos consta de 5 etapas

1. Identificación de Riesgos: el proceso de identificar y examinar las exposiciones de una organización

a. Propiedad (Bienes) b. Recursos Humanos c. Responsabilidad Civil d. Utilidad Neta / Ingreso Neto

2. Análisis de Riesgos: La evaluación del impacto potencial que las varias exposiciones pueden tener sobre la compañía, hay dos tipos de análisis

a. Análisis cualitativo

b. Análisis cuantitativo

3. Control de Riesgos: Cualquier acción o inactividad consiente que minimiza, a un costo óptimo, la probabilidad, frecuencia, severidad, o la incertidumbre de la pérdida

a. Evitar,

b. Prevenir,

c. Reducir,

d. Segregar / separar / duplicar, e. Transferir (ya sea contractual, física, o ambas)

4. Financiamiento de Riesgos la obtención de fondos internos y externos al mejor costo posible para pagar las pérdidas a través de dos modalidades

1. Retención: fondos internos para financiar las pérdidas

2. Transferencia de la responsabilidad: Seguros

5. Monitoreo de Riesgos: implementación y monitoreo del proceso de administración de riesgos

 

En la etapa del financiamiento del riesgo cabe destacar que la retención genera una carga financiera a las empresas, por lo cual estamos convencidos en que la mejor forma de financiar riesgos es la transferencia a través de seguros, No existe “una pérdida sin asegurar”. “Una pérdida sin asegurar” es igual a una retención.

 

En NRGI Broker, somos expertos en administración de riesgos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

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Los seguros para los contratos de exploración y extracción de hidrocarburos

En el marco de la Reforma Energética, se han llevado a cabo las Rondas de Licitación para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos. Los ganadores celebraron los contratos correspondientes con la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH).

 

Entre las obligaciones más importantes de los nuevos operadores, se encuentra la de contratar seguros de control de pozos, de responsabilidad civil y responsabilidad ambiental.

 

Estos seguros tienen como objetivo que quienes realicen las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos puedan responder por los daños que causen a personas, sus bienes y el medio ambiente.

 

La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección Ambiental del Sector Hidrocarburos (ASEA), es la autoridad competente para emitir la regulación en materia de seguros. En ejercicio de tal atribución, el día 23 de junio de 2016 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen las reglas para el requerimiento mínimo de seguros a los Regulados que lleven a cabo obras o actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos, Tratamiento y Refinación de Petróleo y Procesamiento de Gas Natural (DACGS).

 

Las DACGS establecen los elementos y características de los seguros obligatorios, por lo que las empresas que contraten estos seguros deberán cerciorarse de que cumplan con lo establecido en la regulación.

 

Los requisitos más importantes con los que deberán contar los seguros son, entre otros, los siguientes:

  1. Las pólizas de seguro deberán ser emitidas por una institución de seguros autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
  2. La vigencia mínima de las pólizas deberá ser de un año.
  3. Las pólizas de seguros deberán incluir expresamente la renuncia de las instituciones de seguros a sus derechos de subrogación en contra de las autoridades del Sector Hidrocarburos.
  4. Las pólizas no deberán contener condiciones suspensivas que limiten la cobertura de los seguros en función de las actividades de los Regulados o que los subordine a la aplicación o no aplicación de otros seguros.1512

 

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Acciones colectivas por daños al medio ambiente

De acuerdo con la normatividad aplicable que han emitido los nuevos órganos reguladores en México, aquel que cause un daño al medio ambiente está obligado a repararlo, aun cuando no haya tenido la intención de causarlo o incluso si el daño no se produjo como consecuencia de un hecho ilícito. A este principio se le conoce como responsabilidad objetiva o “el que contamina, paga”.

 

En 1972, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) formuló una guía internacional de aspectos económicos de política ambiental. Una de sus conclusiones más importantes fue que las empresas debían hacerse cargo de las externalidades causadas al ambiente a partir de sus actividades. La OCDE consideró que el hecho de que no existiera un costo para el aprovechamiento de los recursos, había conducido al deterioro de los ecosistemas, por lo que era imprescindible que dicho costo lo asumieran las empresas que lo dañen.

 

En el documento se estableció el principio del que contamina paga[1]. La introducción de este principio tiene como objetivo evitar la contaminación y transferir los costos de la reparación del medio ambiente a aquellos que se dedican a actividades que poseen el potencial de causar daños.

 

A través de la aplicación del principio del que contamina paga, se permite garantizar que aquel que propició un daño ambiental, pagará los costos que implique dejarlo en el estado que se encontraba antes de la contaminación y sólo en caso de que eso no fuera posible a efectuar la compensación económica al estado mexicano quién es el encargado de la preservación de los bienes nacionales.

 

Para que los afectados –directa o indirectamente- por algún daño ambiental, puedan solicitar la reparación existen las acciones colectivas, las cuales son mecanismos para solicitar justicia en aquellos casos en que un daño ambiental prive a toda una comunidad o a los miembros de una región de su derecho constitucional a gozar de un medio ambiente sano, es decir, están orientadas a proteger los intereses colectivos y difusos para lograr la reparación del daño ambiental.

 

Las empresas que realizan actividades riesgosas pueden provocar contaminación y estarán obligadas a pagar y reparar el daño. Por ello, es muy importante que cuenten con un Seguro de Responsabilidad Ambiental, que es el instrumento más eficaz y accesible para transferir el riesgo a una institución solvente y especializada.

 

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[1] OCDE, Recomendation of the Council on Guiding Principles Concerning International Economic Aspects of Environmental Policies, 26 de mayo de 1972

Gasoductos

El Plan Quinquenal de Expansión del Sistema de Transporte  y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural 2015-2019, contempla la construcción de más de 5,000 km de ductos de gas natural, con una inversión estimada cercana  a los 10,000 millones de dólares. Para su elaboración se tomó como base el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, en el que se encuentran previstos los proyectos de construcción de gasoductos, con un enfoque que busca orientar la funcionalidad integral de la nueva infraestructura del país.

 

Por otro lado, el objetivo principal del Plan Quinquenal es llevar el gas natural, considerado el combustible más eficiente y de uso intensivo, a distintas zonas del país, entre las que se encuentran Hidalgo, Puebla, Veracruz, Aguascalientes, Durango, Michoacán, Guerrero, San Luis Potosí, Chihuahua, Sonora, Oaxaca, Tamaulipas y Nuevo León, sobre todo en áreas industriales y en aquellas en las que hasta ahora no se ha tenido acceso a este hidrocarburo.

 

Lo anterior se encuentra en consonancia con uno de los objetivos de la  Reforma Energética, consistente en el abasto seguro, confiable y a precios competitivos del gas natural.

 

Estos nuevos gasoductos se sumarán a los más de 10,000 km ya existentes, e incrementarán en un 50% la capacidad de transportación de gas natural.

 

Cabe mencionar que la expansión de la red de gasoductos puede traer consigo una mayor posibilidad de ocurrencia de siniestros, considerando que los ductos son uno de los medios de transporte que presentan mayor frecuencia y severidad de accidentes, debido a que se encuentran expuestos a diversos peligros como: explosión, incendio, fenómenos naturales y actos mal intencionados.

 

Por lo anterior, es muy importante que durante la construcción y operación de los ductos, se cuente con una cobertura de seguros adecuada a la complejidad de este medio de transporte, para lo cual debe tomarse en cuenta que los daños pueden afectar la infraestructura, a las personas, sus bienes y al medio ambiente.

 

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Terminales de Almacenamiento

El almacenamiento es la actividad consistente en depositar y resguardar hidrocarburos y/o sus derivados en instalaciones para ese fin específico, las cuales pueden ubicarse en la superficie, el mar y el subsuelo.

 

Hasta hace poco tiempo, Petróleos Mexicanos era la única empresa que llevaba a cabo esta actividad, para lo cual cuenta con terminales terrestres y marítimas de almacenamiento y despacho, ubicadas a lo largo del territorio nacional, con una capacidad superior a los 30 millones de barriles.

 

En el corto y mediano plazo, se prevé que la infraestructura de almacenamiento será una de las que más demanda tendrá, derivado de dos hechos principalmente:

  • La libre comercialización de combustibles, que desde el año 2016 permite a la iniciativa privada importar gasolina y venderla a través de sus propias marcas en las estaciones de servicio, lo cual supone la entrada de una cantidad importante del combustible que de manera previa a su venta para consumo final, requerirá ser almacenada.
  • El incremento en la producción de hidrocarburos, derivada de las actividades de exploración y extracción que realizarán los operadores petroleros, para lo cual necesitarán contar con instalaciones de almacenamiento, para el resguardo de los hidrocarburos, antes de su traslado a las zonas de refinación o de transporte.

 

Como una muestra de lo anterior, en el primer trimestre del2017, se tiene previsto el inicio de operaciones de la primera terminal privada en el estado de San Luis Potosí, para el almacenamiento y reparto de gasolinas y diésel con una capacidad aproximada de 300,000 barriles, con lo que se abre la competencia para Pemex en esta actividad.

 

En este contexto, las empresas requieren contar con los seguros que les permitan llevar a cabo de manera segura la construcción y operación de las terminales de almacenamiento. Entre los principales seguros que deberán contratar se encuentran los siguientes: Todo riesgo de Construcción y Montaje, Responsabilidad Civil, Responsabilidad Ambiental, Daños Materiales e Interrupción de Negocios.

 

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Contaminación ambiental

La contaminación ambiental es un problema muy complejo, por sus consecuencias económicas y sociales. Actualmente, el medio ambiente es considerado como un bien jurídico tutelado, con independencia de las personas o sus bienes, lo que ha hecho que se genere todo un régimen legal dedicado a su protección.

 

De acuerdo con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), por daño ambiental se entiende toda pérdida, cambio, deterioro, menoscabo, afectación, o modificación adversa de los ecosistemas, de los elementos y los recursos naturales. Este tipo de daños suceden continuamente derivados de diversas actividades humanas; algunas de ellas, de hecho, son consideradas como altamente riesgosas, por su potencial para causar desequilibrio ecológico, como es el caso de las actividades del Sector Hidrocarburos.

 

Tal como ocurre en el ámbito civil, todo daño causado al medio ambiente debe ser reparado y en caso de que sea imposible su reparación, podrá ser compensado mediante una indemnización económica, por aquel que lo haya causado. Lo anterior, se encuentra sustentado en el principio de que “el que contamina, paga”.

 

La reparación de los daños al medio ambiente implica grandes sumas económicas, por lo que es importante que los responsables cuenten con los recursos suficientes para hacer frente este tipo de obligaciones que, en caso de no ser cumplidas, pueden ser motivo de sanciones económicas, administrativas y hasta penales.

 

En el caso de las empresas, sabemos que reservar una cantidad determinada para este tipo de acontecimientos no es sencillo, pues necesitan tener liquidez económica, por ello la mejor opción para estar respaldadas en caso de causar un daño al ambiente y no tener que inmovilizar sus recursos económicos, es contar con un Seguro de rResponsabilidad Ambiental.

 

El Seguro de Responsabilidad Ambiental puede cubrir los gastos y costos generados por atención a emergencias; contención de contaminantes; mitigación de impactos y daños ambientales; caracterización de sitios contaminados; remediación de sitios contaminados y la restauración y compensación ambiental.

 

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