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La Evaluación de Impacto Ambiental y de Riesgos para proyectos del Sector Hidrocarburos

La “Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente” (LGEEPA) regula, como su nombre lo indica, lo referente a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Esta disposición legislativa establece las bases y directrices que la demás normatividad de la materia deberá seguir.

La LGEEPA define en su artículo 3° al Impacto Ambiental como la“modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza”, siendo este evaluado por medio de una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), documento mediante el cual se da a conocer con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.

Es ese orden de ideas, el artículo 28° de esta norma enlista las obras y actividades que requerirán la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría previo a su desarrollo, dentro de las que se encuentran diversas prácticas esenciales de la cadena productiva del sector hidrocarburos, como lo son los oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos, así como la industria del petróleo, petroquímica y química. Esto se presenta con mayor detalle en el artículo 5° del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Impacto Ambiental (REIA), mismo que se transcribe a continuación:

    “Artículo 5o.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

    (…)

    C) OLEODUCTOS, GASODUCTOS, CARBODUCTOS Y POLIDUCTOS:
    Construcción de oleoductos, gasoductos, carboductos o poliductos para la conducción, distribución o transporte por ductos de hidrocarburos o materiales o sustancias consideradas peligrosas conforme a la regulación correspondiente, excepto los que se realicen en derechos de vía existentes en zonas agrícolas, ganaderas o eriales.

    D) ACTIVIDADES DEL SECTOR HIDROCARBUROS:
    I. Actividades de perforación de pozos para la exploración y extracción de hidrocarburos;
    II. Construcción e instalación de plataformas de producción petrolera en zona marina;
    III. Construcción de refinerías petroleras, excepto la limpieza de sitios contaminados que se realice con equipos móviles encargados de la correcta disposición de los residuos peligrosos y que no implique la construcción de obra civil o hidráulica adicional a la existente;
    IV. Construcción de centros de almacenamiento o distribución de hidrocarburos que prevean actividades altamente riesgosas;
    VII. Construcción y operación de instalaciones para el procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión y regasificación, así como de instalaciones para el transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas natural;
    VIII. Construcción y operación de instalaciones para transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas licuado de petróleo;
    IX. Construcción y operación de instalaciones para la producción, transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de petrolíferos, y
    X. Construcción y operación de instalaciones para el transporte por ducto y el almacenamiento, que se encuentre vinculado a ductos de petroquímicos producto del procesamiento del gas natural y de la refinación del petróleo.”

Con lo anterior en consideración, la Evaluación de Impacto Ambiental se puede requerir durante diversas etapas de la cadena de valor de la industria del petróleo, desde Upstream (perforación y extracción) y Midstream (procesamiento, refinería, almacenamiento), hasta Downstream (comercialización y distribución).

Ahora bien, ya que el concepto de las “Actividades Altamente Riesgosas” se presenta de manera repetida a lo largo del numeral 5 del REIA, es importante conocer que el criterio adoptado para determinar esta calidad se basa en que la acción o conjunto de acciones estén asociadas con el manejo de sustancias con propiedades inflamables, explosivas, tóxicas, reactivas, radioactivas, corrosivas o biológicas, en cantidades que, en caso de producirse una liberación o una explosión, ocasionaría una afectación significativa al ambiente, a la población o a sus bienes. Para más información al respecto, los detalles se presentan en los Listados de Actividades Altamente Riesgosas emitidos por la SEMARNAT, otrora Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.

Aunado a lo anterior, considerando que las obras y actividades encaminadas al proceso productivo de Hidrocarburos se encuentran en dentro de los supuestos descritos en las listas de Actividades Altamente Riesgosas, además de requerir la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental, deberán presentar su respectivo Estudio de Riesgo, conforme a lo establecido en el artículo 147 del REIA.

Con más de 20 años de experiencia, cobertura internacional y fuerte compromiso con la sustentabilidad, la innovación y la calidad de nuestros servicios en el sector hidrocarburos, energía, turismo, desarrollo urbano,  infraestructura, medio ambiente y minería; hemos conformado un catálogo de productos y servicios con valor agregado que resuelva en forma sistémica las necesidades de nuestros clientes y grupos de interés, en materia de planeación, manejo, gestión ambiental y desarrollo sostenible, incluyendo la elaboración de EVIS y la EIA. Para ello, ponemos a su disposición la red más amplia y especializada de expertos a nivel nacional e internacional, ofreciendo una plataforma integral en la materia, trazando las alternativas y estrategias necesarias para el correcto desarrollo de Proyectos Sustentables en México, entre ellos.

Para mayor información y cualquier duda o necesidad derivada de la información presentada en el presente boletín, estamos a su disposición a través de:

Energy Insurance Broker, Agente de Seguros y de Fianzas, S.A.P.I. de C.V.

Graciela Alvarez Hoth

CEO NRGI Broker

Teléfono: (55) 9177 2100

E-mail: graciela.alvarez@nrgibroker.com

www.nrgibroker.com

 

Consultores en Gestión Política y Planificación Ambiental, S.C.

David Julio Zárate Lomelí

Director General

Teléfono: (998) 6 88 08 75

E-mail: dzarate@gppa.com.mx

www.gppa.com.mx

Fianzas como garantía financiera de la Manifestación de Impacto Ambiental

Uno de los aspectos más importantes que las empresas del sector hidrocarburos deben considerar en la gestión del riesgo, es el impacto ambiental, es decir, la afectación que se puede causar en el medio ambiente por la acción del hombre o de la naturaleza.

A través de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), que se presenta ante la Agencia de Seguridad Energía y Ambiente (ASEA), los regulados dan a conocer el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.

De conformidad con el artículo 51 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, la ASEA puede exigir el otorgamiento de seguros o de otras garantías financieras respecto del cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones cuando durante la realización de la obra o actividad se puedan producir graves daños a los ecosistemas.

Se considerará que las obras o actividades pueden producir daños graves a los ecosistemas, cuando:

  • Se liberen sustancias que al contacto con el ambiente se transformen en tóxicas, persistentes y bioacumulables.
  • Existan cuerpos de agua, especies de flora y fauna silvestre o especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial.
  • Impliquen la realización de actividades consideradas altamente riesgosas conforme a la Ley General del Equilibro Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
  • Las obras o actividades se lleven a cabo en Áreas Naturales Protegidas.

El tipo y monto del instrumento de garantía responderá a los Estudios Técnico-Económicos, que consideren el valor de la reparación de los daños que pudieran ocasionarse por el incumplimiento de las condicionantes establecidas en las autorizaciones,  tanto en la etapa de exploración como en la etapa de desarrollo en el caso de operaciones petroleras, o durante la etapa de construcción y operación para el caso de terminales de almacenamiento o ductos.

La fianza es el instrumento de garantía idóneo para dar cabal cumplimiento a las obligaciones impuestas a los regulados  en las autorizaciones de impacto ambiental por: 1) La diversidad de opciones para acreditar la solvencia y obtener la emisión de la fianza; 2) no inmoviliza el capital de trabajo del regulado; 3) garantiza certeza a la autoridad, ya que la afianzadora es el garante del cumplimiento; 4) se renueva anualmente y se ajusta el monto según el riesgo y tipo de actividad; 5) es el complemento ideal de los seguros de responsabilidad ambiental.

Las empresas del sector hidrocarburos operan bajo el principio de “el que contamina, paga” plasmado en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, por eso el cumplimiento de la normatividad ambiental es clave en un sistema de administración de riesgos, pues además de la prevención de daños al ambiente, se pueden evitar  afectaciones patrimoniales y sanciones.

En NRGI Broker® somos expertos en garantías financieras y administración de riesgos para el sector de hidrocarburos.

 

¿Por qué contratar un broker de seguros especializado en energía?

Los seguros son instrumentos financieros de previsión que nos ayudan a reducir la incertidumbre económica que se presenta con posterioridad a los acontecimientos súbitos e imprevistos que puedan afectar el patrimonio de las empresas o de las personas cuando sufren un  siniestro.

La principal característica de los seguros es la de fungir como un instrumento de transferencia de riesgos para obtener respaldo económico ante diversas contingencias, ya sea que recaigan en el mismo asegurado o un tercero afectado, como consecuencia de una acción u omisión del asegurado.

Su costo se reduce al pago de primas y por ende, no inmovilizan el capital de los asegurados.

Los seguros que se requieren en el sector energético son complejos, a través de ellos, se amparan los riesgos de las  operaciones de exploración y extracción de hidrocarburos en aguas profundas; transporte de petróleo por barco; tendido de ductos; construcción y operación de terminales de almacenamiento, etc.

Para asegurar adecuadamente a una empresa  es necesario conocer su experiencia, resultados, sus medidas de seguridad operativa e industrial, los trabajos a realizar pactados en sus contratos y lo más importante, el tipo de riesgos a los que está  expuesta, considerando que:

1) Los hidrocarburos y petrolíferos son peligrosas por sus características de inflamabilidad y explosividad;

2) Se les considera actividades altamente riesgosas;

3) Conllevan  infraestructura de grandes dimensiones y con altos grados de inversión económica;

4) pueden encontrarse en zonas social y ambientalmente vulnerables y

5) Están expuestas a las acciones u omisiones de contratistas, sub-contratistas y proveedores de servicio.

Por todo lo anterior no cualquier  agente de seguros puede hacerse cargo del programa de aseguramiento de una empresa de este sector, se requiere de la asesoría de un broker especializado  en esta materia.

Este tipo de brókerofrece asesoramiento profesional para la contratación de los programas integrales de seguros, con las coberturas que pueden contratarse en México, pero también debe contar con la capacidad para colocar coberturas en el mercado internacional de reaseguro, cuando se trata de “grandes riesgos”.

Además, ofrece una variedad de soluciones innovadoras y puntuales aprovechando economías de escala, con base en las necesidades particulares de cada negocio,  el  perfil de la organización, su tamaño y su real exposición a riesgo  a los que ésta se expone diariamente en sus operaciones.

El conocimiento de la industria petrolera y de los mercados de seguro y reaseguro, les permite implementar y operar las mejores estrategias en la gestión de administración de riesgos, para maximizar las oportunidades y limitar los riesgos de sus clientes, desde la  interpretación de  un estudio de cuantificación de riesgos,  uno de  impacto ambiental,  el cumplimiento de una medida  regulatoria en la materia y el acompañamiento profesional  durante y después de una contingencia o siniestro.

En México experimentamos la reconfiguración del sector energético, que dio lugar a una mayor  participación del sector privado, nacional e internacional,  así como  nuevas obligaciones  por lo que las empresas  requieren que sus inversiones estén correctamente respaldadas  y trabajar con proveedores experimentados, con costos y tiempos de respuesta eficientes y para la consecución de ese objetivo es  fundamental la contratación de un corredor de seguros confiable.

 En NRGI Broker®,contamos con la experiencia y la especialización en seguros para el sector energético que necesitas. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.