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El régimen de responsabilidad objetiva en las actividades de Exploración y Extracción de hidrocarburos

Las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos (DACG/E&E), que emitió la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección Ambiental del Sector Hidrocarburos (ASEA), establecen que quienes realicen obras o actividades para la exploración y extracción de hidrocarburos están sujetos a un régimen de responsabilidad objetiva, es decir, operan bajo el supuesto de que están creando un riesgo a las personas y medio ambiente y, por lo tanto, en caso de causar daños deberán llevar a cabo su reparación, sin que ello esté condicionado a demostrar su culpa.

Derivado de lo anterior, la ASEA impone a los operadores la obligación de realizar todas las acciones que sean necesarias para evitar y prevenir daños ambientales derivados de los riesgos creados, para lo cual deberán contenerlos, caracterizarlos y remediarlos con oportunidad bajo sus propios procesos y de acuerdo a la legislación y normatividad aplicable.

En este sentido, las “DACG/E&E” establece que las actividades de Exploración y Extracción deberán realizarse bajo ciertos principios, como son:

  1. Minimizar los riesgos a un nivel “Tan Bajo Como Sea Razonablemente Factible”, esto es, hasta un nivel en el que se demuestre que el costo de continuar reduciendo ese riesgo es mayor en comparación con el beneficio económico que se obtendría. Lo anterior permite que exista un equilibrio razonable entre la actividad económica y la protección de terceros y medio ambiente.
  2. Revisar periódicamente las medidas de reducción de riesgos, a fin de actualizarlas con base en el desarrollo tecnológico y conocimiento especializado.
  3. Implementar de medidas de emergencia y fomentar una cultura de la protección de personas, el medio ambiente y las instalaciones.

Los principios mencionados tienen como objetivo evitar la ocurrencia de accidentes, por lo que deben complementarse con medidas que tengan como objeto la reparación y/o compensación de los daños ocasionados ante la ocurrencia de accidentes.

Una de las medidas más efectivas para lograrlo es contar con instrumentos financieros que permitan afrontar las consecuencias de la materialización de los riesgos, como son los seguros.

 

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La política de seguridad en el sector hidrocarburos

La política de seguridad del sector hidrocarburos, se centra en dos conceptos que responden al entorno que pueda verse impactado a partir de las actividades que se desarrollan con hidrocarburos y sus derivados: seguridad industrial que se refiere al ámbito externo y la relación de la instalación con terceros y seguridad operativa, referida al ámbito interno y relacionada con procesos propios de la instalación.

En la Ley de la ASEA, se define seguridad Industrial como el área multidisciplinaria encargada de identificar, reducir, evaluar, prevenir, mitigar, controlar y administrar los riesgos en el sector, con el objetivo de proteger a las personas y el medio ambiente.

Por seguridad operativa, se entiende el área multidisciplinaria que se encarga del análisis, evaluación, prevención, mitigación, control de los riesgos asociados de proceso, que comprende el diseño, construcción, arranque, operación, paros normales, paros de emergencia y mantenimiento.

Como podemos apreciar, la seguridad industrial es un concepto más amplio que implica considerar no sólo la instalación sino su entorno, al menos aquel donde sus actividades puedan llegar a producir algún impacto, como puede ser la población aledaña, que puede sufrir daños en sus personas y en sus bienes, o la contaminación del medio ambiente.

En cambio, la seguridad operativa se centra en los procesos internos, que deben ser igualmente procurados, para evitar daños a la instalación y al personal, así como evitar que algún accidente pueda llegar a adquirir mayores proporciones y afectar también la seguridad industrial.

Los riesgos son una parte inherente a las actividades del sector hidrocarburos, por ello como parte de su política de seguridad, las empresas deben tomar la decisión entre retener y transferir riesgos. Generalmente retendrán aquellos que puedan tener consecuencias menores y cuyos costos no afecten su patrimonio. Para el caso de riesgos que pueden tener graves consecuencias, lo más conveniente es transferirlos a través de seguros.

Los seguros que deben contratar las empresas del sector hidrocarburos para complementar su política de seguridad industrial y seguridad operativa son: 1) control de pozos (empresas de exploración y extracción); 2) construcción y montaje; 3) responsabilidad civil y ambiental; 4) Daños materiales; 5) equipo electrónico; 6) rotura de maquinaria; 7) Calderas y equipos sujetos a presión, entre otros.

Si las actividades se realizan con embarcaciones, los seguros que se deberán contratar son: 1) casco y maquinaria, 2) protección e indemnización y, en su caso 3) responsabilidad civil del fletador.

Cada uno de estos seguros, cubrirá algún aspecto que coadyuvará a complementar la política de seguridad industrial y seguridad operativa, con el objetivo de tener instalaciones más seguras y reducir al máximo la posibilidad de un detrimento económico a las empresas del sector.

En NRGI Broker, somos expertos en seguros para el sector hidrocarburos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

Seguridad Industrial Y Seguridad Operativa En El Sector Hidrocarburos

La política de seguridad del sector hidrocarburos, se centra en dos conceptos que responden al entorno que pueda verse impactado a partir de las actividades que se desarrollan con hidrocarburos y sus derivados: seguridad industrial que se refiere al ámbito externo y la relación de la instalación con terceros y seguridad operativa, referida al ámbito interno y relacionada con procesos propios de la instalación.

 

En la Ley de la ASEA, se define seguridad industrial como el área multidisciplinaria encargada de identificar, reducir, evaluar, prevenir, mitigar, controlar y administrar los riesgos en el sector, con el objetivo de proteger a las personas y el medio ambiente.

 

Por seguridad operativa, se entiende el área multidisciplinaria que se encarga del análisis, evaluación, prevención, mitigación, control de los riesgos asociados de proceso, que comprende el diseño, construcción, arranque, operación, paros normales, paros de emergencia y mantenimiento.

 

Como podemos apreciar, la seguridad industrial es un concepto más amplio que implica considerar no sólo la instalación sino su entorno, al menos aquel donde sus actividades puedan llegar a producir algún impacto, como puede ser la población aledaña, que puede sufrir daños en sus personas y en sus bienes, o la contaminación del medio ambiente.

 

En cambio, la seguridad operativa se centra en los procesos internos, que deben ser igualmente procurados, para evitar daños a la instalación y al personal, así como evitar que algún accidente pueda llegar a adquirir mayores proporciones y afectar también la seguridad industrial.

 

Los riesgos son una parte inherente a las actividades del sector hidrocarburos, por ello como parte de su política de seguridad, las empresas deben tomar la decisión entre retener y transferir riesgos. Generalmente retendrán aquellos que puedan tener consecuencias menores y cuyos costos no afecten su patrimonio. Para el caso de riesgos que pueden tener graves consecuencias, lo más conveniente es transferirlos a través de seguros.

 

Los Seguros que deben contratar las empresas del Sector Hidrocarburos para complementar su política de seguridad industrial y seguridad operativa son:

  • Control de pozos (empresas de exploración y extracción).
  • Construcción y Montaje.
  • Responsabilidad Civil y Ambiental;.
  • Daños Materiales.
  • Equipo Electrónico.
  • Rotura de Maquinaria.
  • Calderas y Equipos Sujetos a Presión, entre otros.

 

Si las actividades se realizan con embarcaciones, los Seguros que se deberán contratar son:

  1. Casco y Maquinaria.
  2. Protección e Indemnización.
  3. Responsabilidad Civil del Fletador.

 

Cada uno de estos seguros, cubrirá algún aspecto que coadyuvará a complementar la política de seguridad industrial y seguridad operativa, con el objetivo de tener instalaciones más seguras y reducir al máximo la posibilidad de un detrimento económico a las empresas del sector.

 

En NRGI Broker, somos expertos en seguros para el Sector Hidrocarburos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

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