Los seguros que se requieren en la migración de los contratos de Pemex

Pemex tiene la facultad de elegir entre diversas alternativas la forma de operar los campos que recibió en la Ronda Cero.

 

Toda vez que se trata de operar en un esquema distinto al que utilizó por muchos años, el término elegido para referirse a estas alternativas, es el de “migración”, de tal manera que Pemex puede elegir entre “migrar sin socio” o “migrar con socio”.

 

La migración sin socio implica únicamente adoptar las nuevas características de los contratos de exploración y extracción, lo que para Pemex implica obtener mejores condiciones fiscales.

 

La migración con socio, se puede realizar por dos vías:

  1. A través de asociaciones estratégicas con empresas petroleras “Farmouts”, para lo cual es necesaria la realización de un proceso de licitación pública, organizado por la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH)
  2. Mediante la conversión de los Contratos Integrales de Producción y Servicios (CIEPS) y Contratos de Obra Pública Financiada (COPF) -que son contratos de servicios que se pagan en efectivo y no están ligados a la producción- a Contratos de Exploración y Extracción (CE&E) para operar bajo las modalidades de licencia, utilidad compartida o producción compartida.

 

Este último esquema es opcional para los contratistas, toda vez que de conformidad con el artículo transitorio vigésimo octavo de la Ley de Hidrocarburos, los CIEP´s y COPF´s“… no sufrirían modificación alguna en sus términos y condiciones”, pero las partes están en su derecho de solicitar conjuntamente a la Secretaría de Energía (SENER), la migración de la asignación a un CE&E, sin necesidad de agotar un procedimiento de licitación, sino simplemente con base en los lineamientos técnicos y condiciones económicas establecidos por la SENER y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, respectivamente.

 

La migración, entonces, implica adoptar un nuevo esquema contractual con ciertas ventajas (como las fiscales), pero también con todas las obligaciones derivadas del CE&E. Una de ellas es la contratación de los seguros.

 

Si bien es cierto, que los contratistas de Pemex debían contar con seguros aún en el esquema anterior, ahora la obligación que nace del CE&E está regulada a través de las Disposiciones Administrativas de Carácter General en materia de Seguros (DACGS), donde se establecen los elementos, características y montos con los que deben contar los seguros.

 

Es importante poner especial atención en la contratación de seguros en los esquemas con socios, ya que si bien la obligación formal de la contratación de los seguros recae en el operador, los socios deberán realizar su aportación de acuerdo con su porcentaje de participación.

 

Son diversas las particularidades de la contratación de seguros para las migraciones, por eso NRGI Broker, te ofrece la asesoría que necesitas para cumplir sin contratiempos ante las autoridades reguladoras.

 

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